Quienes realicen el trámite fuera de tiempo deberán pagar multa
Los ciudadanos que perciben ingresos anuales gravables de 15 mil dólares o más y gastos deducibles del Impuesto a la Renta (IR) de 7 500 dólares tienen plazo hasta este viernes para presentar el anexo de gastos personales al Servicio de Rentas Internas (SRI). El anexo corresponde a la declaración de gastos del 2008 y deberá entregarse de acuerdo a un calendario establecido según el noveno dígito de la cédula, indicó el técnico de la entidad tributaria Fernando Alvear.
“Si el noveno dígito termina en 1, usted tiene plazo del 1 al 10 de agosto; el 2 del 1 al 12; el 3 del 1 al 14 y así sucesivamente, por eso llegamos al cero que es del 1 al 28”, explicó.
Para obtener el documento es necesario descargar un software disponible gratuitamente en la página web del SRI y una vez lleno se debe enviar vía internet.
Las cifras que se llenen en el anexo deberán estar respaldadas por las facturas y comprobantes de venta que debieron guardar los contribuyentes, manifestó Alvear, en un informe de radio City.
“El contribuyente, si no tiene su clave o código tiene que acercarse a cualquier entidad del SRI, cualquier oficina y sacar su clave. La recomendación, primero, es de que en cada marzo que haga su Impuesto a la Renta declare lo que tiene porque ahorita vienen los problemas, la gente no tiene el sustento para subir el anexo y están realizando declaraciones sustitutivas y pagando la diferencia”, señaló.
El técnico recomendó al contribuyente declarar lo que “en verdad” tiene y guardar los sustentos, que son las facturas o notas de venta.
Los gastos que se deben justificar corresponden a salud, educación, vivienda, alimentación y vestuario.
Quienes presenten el documento fuera del plazo podrán entregarlo en el transcurso del año, pero deberán pagar una multa que va de 30 a 1 000 dólares.
Los ciudadanos que perciben ingresos anuales gravables de 15 mil dólares o más y gastos deducibles del Impuesto a la Renta (IR) de 7 500 dólares tienen plazo hasta este viernes para presentar el anexo de gastos personales al Servicio de Rentas Internas (SRI). El anexo corresponde a la declaración de gastos del 2008 y deberá entregarse de acuerdo a un calendario establecido según el noveno dígito de la cédula, indicó el técnico de la entidad tributaria Fernando Alvear.
“Si el noveno dígito termina en 1, usted tiene plazo del 1 al 10 de agosto; el 2 del 1 al 12; el 3 del 1 al 14 y así sucesivamente, por eso llegamos al cero que es del 1 al 28”, explicó.
Para obtener el documento es necesario descargar un software disponible gratuitamente en la página web del SRI y una vez lleno se debe enviar vía internet.
Las cifras que se llenen en el anexo deberán estar respaldadas por las facturas y comprobantes de venta que debieron guardar los contribuyentes, manifestó Alvear, en un informe de radio City.
“El contribuyente, si no tiene su clave o código tiene que acercarse a cualquier entidad del SRI, cualquier oficina y sacar su clave. La recomendación, primero, es de que en cada marzo que haga su Impuesto a la Renta declare lo que tiene porque ahorita vienen los problemas, la gente no tiene el sustento para subir el anexo y están realizando declaraciones sustitutivas y pagando la diferencia”, señaló.
El técnico recomendó al contribuyente declarar lo que “en verdad” tiene y guardar los sustentos, que son las facturas o notas de venta.
Los gastos que se deben justificar corresponden a salud, educación, vivienda, alimentación y vestuario.
Quienes presenten el documento fuera del plazo podrán entregarlo en el transcurso del año, pero deberán pagar una multa que va de 30 a 1 000 dólares.