martes, 7 de julio de 2009

Resolución de la Senagua beneficia a más de 10 mil usuarios de riego y comunidades de Chimborazo

El secretario Nacional del Agua, Jorge Jurado, luego de un proceso de verificación, a través de estudios hidrológicos de índole técnico, resolvió aclarar y ampliar la resolución por la cual meses atrás, otorgó una resolución de segunda instancia a la Junta General de Usuarios del Sistema de Riego del Canal Chambo.

Tras la resolución, emitida el jueves 2 de julio, el Consorcio de Comunidades Chambo-Guano pasará a ser parte de la Junta General de Regantes del Sistema Chambo y se constituiría como un solo sistema de riego denominado “Sistema Estatal de Riego Chambo Guano”, al cual se han asignado derechos de uso y aprovechamiento de las aguas del Río Chambo, con un caudal de 5.898 litros por segundo (l/s), para regar 7.373 hectáreas de terreno. Por su parte, los beneficiarios deberán, en coordinación con el Instituto Nacional de Riego de Chimborazo, viabilizar la reconstrucción de obras hidráulicas de captación y mantener las obras de conducción, distribución y limpieza integral del canal principal, a fin de incrementar la eficiencia del sistema y aprovechar el caudal asignado, reduciendo así las significativas pérdidas que los estudios pusieron en evidencia.

Este proceso de negociación, que llegó a feliz término, se caracterizó por una complejidad singular, dadas las características de los suelos de cada sector del sistema, junto con las necesidades de los 10.000 usuarios de riego que conforman el Sistema Chambo-Guano, quienes expresaron su desacuerdo con la resolución emitida el 5 de septiembre del 2008, en la cual se otorgó a la Corporación de Juntas de Usuarios del Sistema de Riego Chambo, un caudal de 3.403 l/s para riego de 5.673 hectáreas de terreno. Esta cantidad, a criterio de los beneficiarios, resultaba insuficiente debido a los tipos de suelo existentes en las ocho zonas que la componen y a la reserva de 5.000 litros por segundo que el ex Consejo Nacional de Recursos Hídricos (CNRH) en el año de 1996 estimó para el referido sistema.

Por esta razón, la Secretaria Nacional del Agua (SENAGUA) emprendió un proceso de diálogo con las organizaciones de usuarios y sus dirigentes, a fin de lograr una comprensión compartida de la problemática del sistema y una negociación basada en fundamentos técnicos y sociales, acorde a las necesidades reales del sistema, a la disponibilidad de agua y a las características de los suelos y estado de operación del canal.

La resolución emitida es el fruto de meses de una sostenida labor por parte de la gestión técnica y social de la SENAGUA, la Secretaría Nacional de Pueblos, la Junta General de Usuarios del Sistema de Riego Chambo y la Corporación de comunidades de Chambo Guano, en el marco de un proceso de otorgamiento de derechos de uso y aprovechamiento coherente, sobre los principios de equidad y legitimidad que promueve el Artículo 247 de la Constitución de la República, que establece a las aguas como patrimonio nacional estratégico de uso público y el riego para garantizar la soberanía alimentaria como segundo orden de prioridad, en la asignación del agua.

La resolución dictada integra en un solo sistema a las juntas de usuarios de riego y a las comunidades del sector Chambo y Guano. Los malos entendidos y las limitaciones en cuanto a la disponibilidad del agua, generaron tensiones entre sectores de usuarios del mismo sistema. Estas dificultades han sido superadas y se ha dictado una resolución que hace justicia a todos y establece condiciones de equidad en el acceso al agua.