lunes, 27 de julio de 2009

El río Topo en dilema ambiental

Una gran fuente de biodiversidad es el río Topo, ubicado en la parroquia de Río Negro, cantón Baños (Tungurahua), ya que acoge a una planta endémica ecuatoriana (Myriocolea irrorata) que crece únicamente en este afluente.

Además, allí vive la nutria Lontra longicaudis que está considerada en peligro de extinción. También, recientemente fue encontrada una rana arlequín, cuyo nombre científico es Atelopus palmatu, la misma que fue observada por última vez en 1937.

Estos son sólo algunos ejemplos de la fauna y flora que recoge este sitio. Lamentablemente, está siendo parte de un litigio legal, debido a que el 20 de julio fue realizada una audiencia por violación a los derechos ambientales y de participación ciudadana por parte de la Secretaría Nacional del Agua (Senagua) de Ambato en este río.

Acusación
El abogado Óscar Valenzuela Morales presentó la acción de protección en contra del jefe de la Agencia de Ambato de la Senagua, Asael Sánchez López, quien por medio de la Resolución del 27 de enero de 2009 autorizó el aumento de mil metros a la concesión del río Topo para el proyecto hidroeléctrico del mismo nombre.

Valenzuela menciona que “el cambio de las cotas del río Topo para el proyecto hidroeléctrico debió haber sido consultado a la comunidad afectada, pues esa obra causará un impacto ambiental de graves consecuencias”.

Los acusados
Por su parte, Sánchez aclara que a la Senagua le compete la concesión de la obra y la reubicación de la bocatoma de la hidroeléctrica.

“Es el Conelec (Consejo Nacional de Electricidad) la entidad encargada de socializar el proyecto y de aprobar los estudios de impacto ambiental”, enfatizó el jefe de la Senagua de Ambato, quien agregó que el Conelec sí cumplió con estos dos requisitos y que tienen pruebas de aquello.

El Juzgado de los Civil de Baños pidió la presentación de pruebas a la parte acusada, en un lapso de cinco días. A partir de esta fecha el Juez tiene cinco días para dictar la primera sentencia.

Participación

El abogado demandante, Óscar Valenzuela Morales, sostiene que “el desarrollo sostenible es un desarrollo económico que fue definido en 1987 en la Declaración de Tokio por la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, como “un enfoque al progreso que afronte las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades”. Por lo que este planteamiento demanda que la gestión ambiental para los proyectos que afecten el ecosistema deba ser afrontado conjuntamente entre el Estado y la sociedad.