El Municipio de Quito recuperaría alrededor de 200 millones por concepto de tasas aeroportuarias, una vez que la Corte Constitucional (CC) en transición dio paso a la demanda de inconstitucionalidad planteada por la Contraloría General del Estado, sobre la naturaleza de estos tributos.
Mediante sentencia, expedida el 23 de julio de este año, el organismo declara inconstitucional crear, modificar, incrementar o extinguir estas tarifas vía contrato.
Además la resolución ratifica el carácter de público en los recursos derivados de los cobros de los servicios aeroportuarios, tanto en el aeropuerto Mariscal Sucre de Quito como de los demás aeropuertos del país, por cuanto dichos pagos corresponden a tasas.
Una ordenanza municipal reconocía que la Corporación Aeropuerto y Zona Franca del Distrito Metropolitano de Quito (CORPAQ) recaude las tasas aeroportuarias y que éstas sean devueltas al Municipio capitalino.
Para el contralor Carlos Pólit, esta resolución transparenta la vigencia de las acciones de control efectuadas por la Contraloría, que nunca estuvo en contra de la construcción del nuevo aeropuerto de Quito, sino que precauteló el buen uso de los recursos del propio Municipio de Quito.
Pólit puntualizó además que la Corte ha emitido un pronunciamiento histórico porque aclara cualquier duda sobre la naturaleza de los recursos aeroportuarios y los fundamentos jurídicos de su control por parte de la Contraloría.
“La Corte Constitucional ha establecido la pertinencia del ejercicio del control, fiscalización y auditoría por parte de la Contraloría de los bienes y recursos públicos comprometidos en la prestación de los servicios aeroportuarios”.
Según, el funcionario la CC ha ratificado que los bienes y recursos públicos concesionados no pierden su calidad de bienes públicos al ser administrados por corporaciones, fundaciones, sociedades civiles compañías mercantiles y otras entidades de derecho privado.
Procuradoría se habría expresado
La demanda interpuesta por la Contraloría alegaba la inconstitucionalidad parcial de los argumentos que la Procuraduría General del Estado dio sobre la naturaleza de las tasas aeroportuarias y las facultades de control de la Contraloría General del Estado en torno a esos recursos.
Mediante sentencia, expedida el 23 de julio de este año, el organismo declara inconstitucional crear, modificar, incrementar o extinguir estas tarifas vía contrato.
Además la resolución ratifica el carácter de público en los recursos derivados de los cobros de los servicios aeroportuarios, tanto en el aeropuerto Mariscal Sucre de Quito como de los demás aeropuertos del país, por cuanto dichos pagos corresponden a tasas.
Una ordenanza municipal reconocía que la Corporación Aeropuerto y Zona Franca del Distrito Metropolitano de Quito (CORPAQ) recaude las tasas aeroportuarias y que éstas sean devueltas al Municipio capitalino.
Para el contralor Carlos Pólit, esta resolución transparenta la vigencia de las acciones de control efectuadas por la Contraloría, que nunca estuvo en contra de la construcción del nuevo aeropuerto de Quito, sino que precauteló el buen uso de los recursos del propio Municipio de Quito.
Pólit puntualizó además que la Corte ha emitido un pronunciamiento histórico porque aclara cualquier duda sobre la naturaleza de los recursos aeroportuarios y los fundamentos jurídicos de su control por parte de la Contraloría.
“La Corte Constitucional ha establecido la pertinencia del ejercicio del control, fiscalización y auditoría por parte de la Contraloría de los bienes y recursos públicos comprometidos en la prestación de los servicios aeroportuarios”.
Según, el funcionario la CC ha ratificado que los bienes y recursos públicos concesionados no pierden su calidad de bienes públicos al ser administrados por corporaciones, fundaciones, sociedades civiles compañías mercantiles y otras entidades de derecho privado.
Procuradoría se habría expresado
La demanda interpuesta por la Contraloría alegaba la inconstitucionalidad parcial de los argumentos que la Procuraduría General del Estado dio sobre la naturaleza de las tasas aeroportuarias y las facultades de control de la Contraloría General del Estado en torno a esos recursos.