La jueza Tercera de Garantías Penales, Gladys Terán, rechazó hoy la acción de protección en contra de la cadena oficial ordenada el pasado 30 de septiembre.
El recurso fue interpuesto por asambleístas de oposición César Montúfar (CND), Andrés Páez (ID), Fausto Cobo (PSP), Leonardo Viteri (PSC) y Fernando Aguirre (PSP), quienes buscan declarar ilegal la imposición de la cadena de radio y televisión, detalla la Radio Pública.
Terán, en segunda audiencia, reconoció que la libertad de expresión sufrió un revés, pero se resolvió negar la acción de protección, porque se vulneraron otros derechos, como el orden público.
Montúfar, el pasado 19 de septiembre, y durante la primera audiencia, señaló que la notificación a los medios llegó a las 11:21 del 30 de septiembre, dos horas antes de que se dicte el estado de excepción, cuyo decreto fue firmado a las 13:21.
"Esto demuestra que la notificación llegó sin base legal, por lo cual era inconstitucional", dijo Montúfar.
Por su parte, Mauricio Jaramillo, representante del Ejecutivo, dijo que es de conocimiento público que la cadena empezó luego de las 13:30, lo cual, según él, deja sin argumentos a los demandantes.
Jaramillo dijo que el artículo 59 de la Ley de Radio y Televisión, señala que es potestad del Presidente de la República ordenar la emisión de una cadena informativa ilimitada, cuando se decreta el estado de excepción.
Los asambleístas demandantes no están conformes con la resolución, y anunciaron que aoelarán la resolución de Terán.
El recurso fue interpuesto por asambleístas de oposición César Montúfar (CND), Andrés Páez (ID), Fausto Cobo (PSP), Leonardo Viteri (PSC) y Fernando Aguirre (PSP), quienes buscan declarar ilegal la imposición de la cadena de radio y televisión, detalla la Radio Pública.
Terán, en segunda audiencia, reconoció que la libertad de expresión sufrió un revés, pero se resolvió negar la acción de protección, porque se vulneraron otros derechos, como el orden público.
Montúfar, el pasado 19 de septiembre, y durante la primera audiencia, señaló que la notificación a los medios llegó a las 11:21 del 30 de septiembre, dos horas antes de que se dicte el estado de excepción, cuyo decreto fue firmado a las 13:21.
"Esto demuestra que la notificación llegó sin base legal, por lo cual era inconstitucional", dijo Montúfar.
Por su parte, Mauricio Jaramillo, representante del Ejecutivo, dijo que es de conocimiento público que la cadena empezó luego de las 13:30, lo cual, según él, deja sin argumentos a los demandantes.
Jaramillo dijo que el artículo 59 de la Ley de Radio y Televisión, señala que es potestad del Presidente de la República ordenar la emisión de una cadena informativa ilimitada, cuando se decreta el estado de excepción.
Los asambleístas demandantes no están conformes con la resolución, y anunciaron que aoelarán la resolución de Terán.