miércoles, 24 de junio de 2009

Los servicios financieros con nuevas reglas

Las instituciones deberán informar los servicios gratuitos y de las tarifas máximas que se pueden cobrar por las prestaciones que generan un costo.

La Junta Bancaria aprobó una resolución para regular cada tres meses el costo de estas prestaciones.
Antecedentes

En agosto de 2007 la Superintendencia de Bancos -basada en la Ley de Justicia Financiera- emite las primeras tarifas máximas para el cobro de servicios financieros.

En diciembre de 2008 entra en vigencia la Ley de Creación de la Red de Seguridad Financiera, que establece que la Junta Bancaria fije trimestralmente las tarifas.

Las instituciones financieras deberán publicar de forma trimestral un listado de las transacciones gratuitas y de aquellas sujetas a una tarifa máxima. Este es uno de los cambios que consta en la resolución 1315 de la Junta Bancaria (JB), mediante la cual se establece la regulación de los costos de los servicios financieros.

El contenido y alcance de la resolución, aprobada el 12 de junio pasado, serán expuestos hoy por la superintendenta de Bancos, Gloria Sabando, ante la comisión legislativa de lo Tributario.

Según el documento, los servicios financieros del sistema -que deben ser determinados y autorizados previamente por la JB- estarán sujetos a una tarifa máxima y serán considerados como servicios tarifados diferenciados.

Para ello, la Junta debe determinar de forma trimestral el listado de las transacciones básicas que por su naturaleza son gratuitas y servicios sujetos a tarifas establecidas.

Los costos regirán a partir del primer día de enero, abril, julio y octubre de cada año. Sin embargo, cuando estas correspondan a una transacción básica, y no hayan sido autorizadas por la JB o previamente divulgadas, la Superintendencia de Bancos ordenará su suspensión y la devolución de los valores indebidamente cobrados.

Las nuevas tarifas entrarían en vigencia en julio del presente año.

El presidente de la Comisión de lo Tributario, Jaime Ruiz, indicó que la superintendenta Sabando debe dar mayor fundamentación sobre el tema para que la normativa sea coherente con la ley de Seguridad Financiera.

En el órgano legislativo –añadió- hay varias observaciones sobre la resolución, que la funcionaria deberá absolver.

La resolución también está en análisis de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (ABPE), para exponer su posición. Como primer paso, distribuyó la resolución a sus entidades asociadas.