Petroecuador, empresas municipales, eléctricas adecuarán su organización y funcionamiento a las normas previstas en esta ley para seguir operando
La Comisión de Desarrollo Económico entregó al presidente de la Comisión Legislativa y de Fiscalización, Fernando Cordero, el informe para primer debate del proyecto de Ley de Empresas Públicas, que tiene por objetivo regular la constitución, organización, funcionamiento, fusión, escisión y liquidación de las empresas públicas que no pertenezcan al sector financiero y que actúen en el ámbito internacional, nacional, local, provincial o regional; y, establecer los mecanismos de control económico, administrativo, financiero y de gestión que se ejercerán sobre ellas.
La presidenta del organismo legislativo, Irina Cabezas, informó que se recogieron algunas sugerencias propuestas por los sectores interesados, a fin de mejorar el texto de la normativa, se eliminaron algunos artículos para armonizar con la Constitución, se establecieron marcos jurídicos que permitan cumplir el objetivo de ligar la producción económica a las necesidades sociales de crecimiento y generación de empleo, así como una visión de la producción que promueva la complementariedad inter-ramas e inter-regiones, es decir, se busca una inserción en el comercio internacional que privilegie los intereses nacionales y la identidad latinoamericana.
La normativa determina que el Ministerio de Finanzas asumirá el pago de todos los saldos de las deudas a cargo de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones – CNT S.A.- resultantes del proceso de liquidación de EMETEL y EMETEL S.A. En el mismo sentido, adicionalmente a lo señalado en el artículo 5 del Mandato Constituyente No. 15, el Ministerio de Finanzas asumirá el pago de todos los saldos de la deuda externa a cargo de la empresa ELECAUSTRO, resultantes de la escisión de la empresa Eléctrica CENTROSUR, relacionadas con el proceso de liquidación del INECEL.
El capital de las empresas públicas que se creen en lugar del de las sociedades anónimas extinguidas, estará conformado por la sumatoria total de las cuentas del patrimonio y los pasivos por componente de deuda externa que al momento de la expedición de esta Ley tengan registradas las sociedades anónimas que se convierten en empresas públicas, los que serán asumidos por el Ministerio de Finanzas frente a terceros.
La Comisión de Desarrollo Económico entregó al presidente de la Comisión Legislativa y de Fiscalización, Fernando Cordero, el informe para primer debate del proyecto de Ley de Empresas Públicas, que tiene por objetivo regular la constitución, organización, funcionamiento, fusión, escisión y liquidación de las empresas públicas que no pertenezcan al sector financiero y que actúen en el ámbito internacional, nacional, local, provincial o regional; y, establecer los mecanismos de control económico, administrativo, financiero y de gestión que se ejercerán sobre ellas.
La presidenta del organismo legislativo, Irina Cabezas, informó que se recogieron algunas sugerencias propuestas por los sectores interesados, a fin de mejorar el texto de la normativa, se eliminaron algunos artículos para armonizar con la Constitución, se establecieron marcos jurídicos que permitan cumplir el objetivo de ligar la producción económica a las necesidades sociales de crecimiento y generación de empleo, así como una visión de la producción que promueva la complementariedad inter-ramas e inter-regiones, es decir, se busca una inserción en el comercio internacional que privilegie los intereses nacionales y la identidad latinoamericana.
La normativa determina que el Ministerio de Finanzas asumirá el pago de todos los saldos de las deudas a cargo de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones – CNT S.A.- resultantes del proceso de liquidación de EMETEL y EMETEL S.A. En el mismo sentido, adicionalmente a lo señalado en el artículo 5 del Mandato Constituyente No. 15, el Ministerio de Finanzas asumirá el pago de todos los saldos de la deuda externa a cargo de la empresa ELECAUSTRO, resultantes de la escisión de la empresa Eléctrica CENTROSUR, relacionadas con el proceso de liquidación del INECEL.
El capital de las empresas públicas que se creen en lugar del de las sociedades anónimas extinguidas, estará conformado por la sumatoria total de las cuentas del patrimonio y los pasivos por componente de deuda externa que al momento de la expedición de esta Ley tengan registradas las sociedades anónimas que se convierten en empresas públicas, los que serán asumidos por el Ministerio de Finanzas frente a terceros.