jueves, 29 de julio de 2010

CONESUP impulsa la aprobación de la Ley de Educación Superior

QUITO.- El Consejo Consultivo de Educación Superior y la Comisión de Diálogo del Sistema decidieron impulsar la aprobación de la Ley de Educación Superior, por considerar que han participado activamente en su elaboración y porque garantiza la calidad y pertinencia, precautelando la autonomía, entre otros principios fundamentales.
El titular de la Comisión de Educación, Raúl Abad, indicó que entre mañana y el martes próximo se votaría el proyecto de Ley de Educación Superior.

Aspiran obtener 80 pronunciamientos favorables en el Pleno de la Asamblea, considerando que es un tema de alta trascendencia para el país.
Se mostró abierto acoger nuevos aportes, que sean viables. Afirmó que mientras el proyecto no entre a votación no es ley, por tanto se puede tomar en cuenta observaciones que contribuyan a enriquecer y perfeccionar la propuesta.

Puntos positivos

Aquel Consejo Consultivo y la Comisión de Diálogo, destacan varios puntos positivos del proyecto de ley, entre ellos que la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación será únicamente el ente coordinador entre la Función Ejecutiva y las instituciones del Sistema de Educación Superior de las políticas públicas en el ámbito de su competencia.

La nueva ley respetarán las rentas de las universidades provenientes básicamente del FOPEDEUPO. Se señala, además, que el financiamiento que el Estado entregue al Sistema de Educación Superior, deberá ser gradualmente incrementado hasta llegar al 5% del Presupuesto General del Estado.
Asimismo, el Consejo de Educación Superior estará integrado por mayoría de académicos, de entre los cuales se designará al presidente, ya no lo nombrará el Presidente de la República.

El Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación estará integrado por seis académicos seleccionados mediante concurso de méritos y oposición. El presidente se escogerá de los tres mejores puntuados que provengan de las candidaturas propuestas por el Presidente de la República, quien ya no lo designará directamente.

El régimen académico ha sido normado de mejor manera en cuanto a los niveles de pregrado y posgrado; y tanto las universidades públicas cuanto las particulares cofinanciadas y las particulares autofinanciadas gozarán de exenciones tributarias y aduaneras. Las universidades particulares que reciben financiamiento del Estado seguirán percibiéndolo.
Otras ventajas radican en el cogobierno, en la moratoria de cinco años para la creación de nuevas Universidades; se reconoce la jubilación complementaria la votación puedan ser acogidos por los señores Asambleístas.

PUNTOS DIVERGENTES

- Solicitan que el Consejo de Educación Superior tenga competencias para designar sus propias comisiones; igual, que se agregue un miembro adicional representante de la universidad pública a ese organismo y que éste tenga también representantes de los tres estamentos, no sólo del sector estudiantil como ya consta en el último proyecto.

- También piden que se respete la especificidad de las universidades particulares y se mantengan las normas contenidas en sus leyes de creación y sus normas estatutarias. Los aranceles deben obedecer a lineamientos generales regulados por el Consejo de Educación Superior, tanto para las Universidades Particulares como para las Públicas, excepto los rubros de gratuidad

- Igual, que se procure un proceso ordenado de transición entre el CONESUP, el CONEA y los organismos que la Constitución establece como sus sustitutos.

- Que no conste la categorización de Instituciones de Educación Superiores, porque afecta derechos fundamentales y establece disposiciones contra Instituciones de Educación Superior categorizadas en “E”.

- Que se decrete la estabilidad de los docentes y personal administrativo de las universidades y escuelas politécnicas públicas, garantizada a través de una evaluación no punitiva. Se ha de establecer el reconocimiento económico correspondiente, por el incremento de horas de trabajo de los docentes y la jubilación patronal al personal administrativo.

- Que se incluya la participación en ingresos del presupuesto del Estado para investigación, ciencia y tecnología: Las universidades y escuelas politécnicas podrán acceder adicionalmente a los recursos públicos de la asignación para investigación, ciencia, tecnología e innovación establecida en la Ley correspondiente.