
Luego de más de dos años de indagación previa, la Fiscalía prepara la formulación de cargos en contra de 29 personas investigadas (ver gráfico) por el presunto delito de peculado, en la supuesta entrega irregular del campo Palo Azul.
El 31 de julio de 2007 la Fiscalía reabrió el expediente, desestimado un año antes y remitido a la ex Corte Suprema para su archivo, a raíz de la difusión del informe técnico, económico y jurídico del contrato de participación para la exploración y explotación de hidrocarburos del bloque 18 y del convenio de explotación unificada del campo Palo Azul (Palo Rojo), elaborado por un equipo conformado por el ex ministro de Energía Alberto Acosta.
El grupo concluyó en “la no existencia del yacimiento común en Palo Azul” y que, por lo tanto, las transferencias de derechos y obligaciones de Amoco, Cayman, ELF, Petromanabí, Ecuador TLC, Pecom Energía, Petrobras y Teikoku, “estuvieron viciadas por no haber cumplido con los requisitos técnicos, económicos y legales en su momento”.
Uno de los cuestionamientos es que la transferencia de los derechos de Amoco a Cayman, conociendo que se trataba de un campo no comercial y que debió devolverse al Estado, “se la realizó al haber sido Cayman beneficiada con información ‘privilegiada’ por parte de funcionarios que conocían y tenían acceso a la misma”.
Sobre la existencia de un yacimiento común en el campo Palo Azul, señalada en un informe del 15 de junio de 2000, la Fiscalía afirma que contiene interpretaciones sísmicas erróneas y tergiversadas que ocultaron la verdadera ubicación del pozo Palo Azul 2, que hubiera permitido comprobar que el Palo Azul 1 y el 2 eran parte de la misma estructura.
Según información que llegó al organismo, el pozo descubridor de la estructura investigada es el Palo Rojo 1. Por ello, las investigaciones concluyen que el pozo Palo Azul 2 confirmó la existencia de petróleo en la estructura del bloque 18, por lo que debió denominarse Palo Rojo 2 y no Azul 2 “como se hizo constar con el fin de aprovechar las reservas existentes en el mismo”.
Responsabilidad
Con las versiones de varios sindicados, la Fiscalía concluyó que autoridades de Petroproducción, Ministerio de Energía, Colegio Regional de Ingenieros y la Contraloría avalaron los criterios antitécnicos de Cayman y Petromanabí, para que se beneficien “de forma ilegal del campo Palo Rojo, que contendría unos 142 millones de barriles de crudo liviano”. Uno de los defensores del caso negó que haya delito porque los peritos demostraron que no hubo perjuicio al Estado.
El 31 de julio de 2007 la Fiscalía reabrió el expediente, desestimado un año antes y remitido a la ex Corte Suprema para su archivo, a raíz de la difusión del informe técnico, económico y jurídico del contrato de participación para la exploración y explotación de hidrocarburos del bloque 18 y del convenio de explotación unificada del campo Palo Azul (Palo Rojo), elaborado por un equipo conformado por el ex ministro de Energía Alberto Acosta.
El grupo concluyó en “la no existencia del yacimiento común en Palo Azul” y que, por lo tanto, las transferencias de derechos y obligaciones de Amoco, Cayman, ELF, Petromanabí, Ecuador TLC, Pecom Energía, Petrobras y Teikoku, “estuvieron viciadas por no haber cumplido con los requisitos técnicos, económicos y legales en su momento”.
Uno de los cuestionamientos es que la transferencia de los derechos de Amoco a Cayman, conociendo que se trataba de un campo no comercial y que debió devolverse al Estado, “se la realizó al haber sido Cayman beneficiada con información ‘privilegiada’ por parte de funcionarios que conocían y tenían acceso a la misma”.
Sobre la existencia de un yacimiento común en el campo Palo Azul, señalada en un informe del 15 de junio de 2000, la Fiscalía afirma que contiene interpretaciones sísmicas erróneas y tergiversadas que ocultaron la verdadera ubicación del pozo Palo Azul 2, que hubiera permitido comprobar que el Palo Azul 1 y el 2 eran parte de la misma estructura.
Según información que llegó al organismo, el pozo descubridor de la estructura investigada es el Palo Rojo 1. Por ello, las investigaciones concluyen que el pozo Palo Azul 2 confirmó la existencia de petróleo en la estructura del bloque 18, por lo que debió denominarse Palo Rojo 2 y no Azul 2 “como se hizo constar con el fin de aprovechar las reservas existentes en el mismo”.
Responsabilidad
Con las versiones de varios sindicados, la Fiscalía concluyó que autoridades de Petroproducción, Ministerio de Energía, Colegio Regional de Ingenieros y la Contraloría avalaron los criterios antitécnicos de Cayman y Petromanabí, para que se beneficien “de forma ilegal del campo Palo Rojo, que contendría unos 142 millones de barriles de crudo liviano”. Uno de los defensores del caso negó que haya delito porque los peritos demostraron que no hubo perjuicio al Estado.