El Pleno de la Asamblea Nacional, en base del informe previo presentado por la subcomisión especializada de Justicia, aprobó con 61 votos a favor, 9 en contra, 10 en blanco y 15 abstenciones la protección e inmunidad a los miembros de la Comisión de la Verdad de Angostura, encargada de investigar y establecer los hechos relacionados con el bombardeo colombiano del 1 de marzo de 2008.
Sin embargo, la inmunidad se limita únicamente al ámbito civil y penal y no al administrativo. Esta figura cabe solo para las acciones realizadas en el ejercicio de las funciones de investigación de este caso.
El objetivo de la medida es garantizar la integridad física y moral de los miembros de la Comisión, ante eventuales represalias de quienes resulten involucrados en los hechos investigados. “Dichas medidas de protección subsistirán mientras existen los factores que las motivaron y solo podrán cesar previo pronunciamiento favorable de la Comisión”, detalla la Asamblea Nacional mediante un comunicado.
Los beneficiarios de la inmunidad únicamente son aquellos cuyas funciones y actividades signifiquen el involucramiento en tareas de investigación y obtención de información que resulten determinantes sobre el sentido de los informes y conclusiones.
Además, se estableció la reserva de la información e identidad de testigos, la protección a los miembros a través del sistema de víctimas y testigos de la Fiscalía General del Estado, y la confidencialidad de todos los aspectos referentes a la elaboración del informe.
“En caso de considerarlo necesario, antes o después de presentado el informe la Comisión requerirá a la Fiscalía General de Estado acoja, dentro de su programa de protección a víctimas y testigos, a sus miembros o aquellas personas que hayan contribuido al proceso de investigación cuando considere que pueda estar en riesgo su seguridad. La Fiscalía estará en la obligación de atender favorablemente y forma inmediata este requerimiento”, señala la misiva.
Sin embargo, la inmunidad se limita únicamente al ámbito civil y penal y no al administrativo. Esta figura cabe solo para las acciones realizadas en el ejercicio de las funciones de investigación de este caso.
El objetivo de la medida es garantizar la integridad física y moral de los miembros de la Comisión, ante eventuales represalias de quienes resulten involucrados en los hechos investigados. “Dichas medidas de protección subsistirán mientras existen los factores que las motivaron y solo podrán cesar previo pronunciamiento favorable de la Comisión”, detalla la Asamblea Nacional mediante un comunicado.
Los beneficiarios de la inmunidad únicamente son aquellos cuyas funciones y actividades signifiquen el involucramiento en tareas de investigación y obtención de información que resulten determinantes sobre el sentido de los informes y conclusiones.
Además, se estableció la reserva de la información e identidad de testigos, la protección a los miembros a través del sistema de víctimas y testigos de la Fiscalía General del Estado, y la confidencialidad de todos los aspectos referentes a la elaboración del informe.
“En caso de considerarlo necesario, antes o después de presentado el informe la Comisión requerirá a la Fiscalía General de Estado acoja, dentro de su programa de protección a víctimas y testigos, a sus miembros o aquellas personas que hayan contribuido al proceso de investigación cuando considere que pueda estar en riesgo su seguridad. La Fiscalía estará en la obligación de atender favorablemente y forma inmediata este requerimiento”, señala la misiva.