lunes, 16 de febrero de 2009

Ley de Soberanía Alimentaria entra a segundo debate en el Pleno de la Asamblea

Ley de Soberanía Alimentaria entra a segundo debate en el Pleno de la Asamblea Quito, 16 de febrero de 2009. El informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria, presentado por la Comisión de Salud, está siendo analizado en estos momentos por los Asambleístas.
La propuesta tiene como propósito establecer los mecanismos mediante los cuales el Estado cumpla su obligación y objetivo estratégico de garantizar a las personas, a las comunidades y pueblos la autosuficiencia de alimentos sanos, nutritivos y culturalmente apropiados de forma permanente.
Su ámbito comprende los factores de la producción agroalimentaria; la agrobiodiversidad y semillas; la investigación y diálogo de saberes; la producción, la transformación, conservación, almacenamiento, intercambio, comercialización y consumo; así como la sanidad, calidad, inocuidad y nutrición; la participación social; el ordenamiento territorial; la frontera agrícola; los recursos hídricos; el desarrollo rural y agroalimentario; la agroindustria, empleo rural y agrícola; las formas asociativas y comunitarias de los pequeños y medianos productores, las formas asociativas y comunitarias de los pequeños y medianos productores, las formas de financiamiento; y, aquellas que defina el régimen de soberanía alimentaria.
La normativa establece como deber del Estado el fomentar la producción sostenible de alimentos, reorientando el modelo de desarrollo agroalimentario, que en el enfoque multisectorial de esta ley hace referencia a los recursos alimentarios provenientes de la agricultura, actividad pecuaria, pesca, acuicultura y de la recolección de productos de medios ecológicos naturales.
Prevé incentivos a la utilización productiva de la tierra, desincentivos para la falta de aprovechamiento o acaparamiento de tierras productivas y otros mecanismos de redistribución.
Así también, se deberán adoptar políticas fiscales, tributarias, arancelarias y otras que protejan al sector agroalimentario nacional para evitar la dependencia en la provisión alimentaria, a más de promover la participación social y la deliberación pública en forma paritaria entre hombres y mujeres en la elaboración de leyes y en la formulación e implementación de políticas relativas a la soberanía alimentaria.
El derecho humano al agua estará normado mediante la Ley que regule los recursos hídricos, usos y aprovechamiento del agua, en la que se establecerán las sanciones por su acaparamiento y contaminación, en el marco del régimen de la soberanía alimentaria, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 318 de la Constitución.
Las normas políticas que emanen de esta Ley garantizarán el respeto irrestricto a los derechos de la naturaleza y el manejo de los recursos naturales, en concordancia con los principios de sostenibilidad ambiental y las buenas prácticas de producción.