miércoles, 11 de febrero de 2009

La nueva Ley de Minería promueve un ambiente sano y sustentable

Quito,11 de febrero de 2009. La nueva Ley de Minería promueve un ambiente sano y sustentable; garantiza el acceso al agua, al aire y al suelo, así como recursos para todo las partes involucradas; el ministro de Minas y Petróleos, Derlis Palacios, las protestas obedecen a los afanes electoreros de ciertos grupos y a la negativa de que exista minería de otros. A ellos, el Ministro les sugiere empaparse de la ley para que vean que en realidad ahora existen las garantías que antes no existían.
El ministro Palacios realiza en esta entrevista una evaluación de los temas que más preocupan a las comunidades:
¿A qué se debe el rechazo de los sectores que protestan contra la Ley de Minería. Ellos aducen que no se hizo un debate profundo del texto?
Desde la administración del doctor Galo Chiriboga, se hizo un taller minero. Se ha hecho varias reuniones en diferentes provincias, con grupos mineros y con comunidades, tanto en Azuay, Cañar, Morona Santiago, Zamora Chinchipe, Loja y El Oro, por ser las de mayor influencia minera; y en algunas otras provincias del país.
No es que no se ha socializado, sino que lastimosamente, existen grupos interesados en desinformar y desprestigiar esta actividad por otros intereses; entre ellos intereses electorales. Estamos a puerta de un proceso electoral y quieren que esto sea una bandera de lucha para captar posiciones políticas.
Por otro lado, tenemos grupos ambientalistas extremistas que no quieren minería en el país y que están buscando pretextos, bajo la Ley, para disfrazar su verdadera intensión que es no tener minería.
Esas son las verdaderas razones, lastimosamente, las comunidades indígenas y campesinas, obviamente y con toda razón se preocupan mucho cuando alguien les dice que perderían su recurso agua y sus tierras.
Básicamente hay desinformación entre esos grupos.
¿La Ley protege todas las modalidades de minería, incluso la artesanal, de subsistencia, de áridos o de materiales de construcción?
Así es, incluso se ha dedicado varios artículos para dar un tratamiento especial a la minería artesanal y pequeña minería, en los que se establece que en seis meses deberá crearse una ley de fomento de esta minería.
El Estado se ha comprometido a darles apoyo, capacitación y seguimiento a través de la empresa nacional minera y también se ha tomado decisiones como la de quitar aranceles para los equipos que se emplean en minería, excepto obviamente, los que sean de fabricación nacional.
Todo este tipo de apoyo están plasmado en la Ley; y se ha tomado acciones paralelas como la decisión del Comexi, que demuestran que el Estado tiene un verdadero interés de apoyar esta industria minera, pero eso sí, seremos muy exigentes en que se cumpla el cuidado y la protección ambiental y del agua, porque lastimosamente, las malas prácticas que se ha llevado en este tipo de minería, son las que han creado las dudas y los temores en la ciudadanía.
¿Cuáles son los beneficios de la Ley Minera a grande y pequeña escala?
Los beneficios son para el país indudablemente, porque se crea una nueva actividad productiva que genera trabajo y bienestar, así como recursos para los ciudadanos y para el Estado.
Otra ventaja es que la nueva Ley es muy cuidadosa con el tema ambiental, es decir existen algunos artículos, básicamente desde el 79 en adelante, que establecen preceptos sobre el cuidado ambiental, para evitar la contaminación, para que no se pongan desechos de la minería o relaves junto a fuentes de agua, para que exista reforestación, para que exista un plan de manejo ambiental y de manejo del agua; y para que estos planes sean aprobados por las instancias respectivas, como la Secretaría del Agua y el Ministerio del Ambiente.
Establece además beneficios económicos para el Estado. Las regalías son cuando menos del 5%, y tiene que ir acompañado del precepto constitucional que dice que los beneficios del Estado serán iguales o mayores que los de la empresa concesionaria. Esto se deberá asegurar en la negociación de las concesiones.
¿Las comunidades locales se verán afectadas por el plan de negocios que contempla la Ley?
No, esa es otra de las ventajas. Como las empresas deben entregar el 15% de utilidades para los trabajadores, la Ley establece que de ese 15%, el 3% sea para los trabajadores y el 12% sea para obras de beneficio para las comunidades. Eso más el 3% de las regalías que será utilizado para el bienestar de esos sectores.
Ahí hay una gran fuente de financiamiento para todos los proyectos de orden social, educativo, de salud, vial; es decir todos los proyectos que necesiten las comunidades aledañas; siempre y cuando estén encaminados en los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y tengan una programación para que sean de verdadero beneficio de la comunidad y no vayan a hacer obras suntuosas como monumentos, sino que se den prioridad a las necesidades básicas y con el tiempo se mejore la situación socioeconómica de las comunidades.
¿Es cierto que la minería afectará el consumo y existencia del agua?
El artículo 26, literal f, establece que los concesionarios tienen la obligación de obtener el permiso para el uso y el manejo del agua, lo que en la Ley anterior era implícito, al darle la concesión ya tenía el permiso. Ahora se deberá presentar un plan de manejo a la Secretaría Nacional del Agua, esto es lo razonable para evitar cualquier tipo de contaminación.
El artículo 79 establece que los titulares de derechos mineros tienen la obligación de devolver las aguas al cause original del rio, o a la cuenca del lago o laguna, de donde fueran tomadas, libres de contaminación o cumpliendo los límites permisibles establecidos en la normativa ambiental y del agua vigentes, con el fin de que no afecte a los derechos de las personas y de la naturaleza.
De igual manera el artículo señala como una obligación la reutilización del agua a través de sistemas de recirculación, pues el incumplimiento de esta disposición ocasionará sanciones que pueden llegar incluso a la caducidad de la concesión.
Mientras el artículo 81 prohíbe la descarga de desechos de escombros, relaves u otros desechos no tratados provenientes de cualquier actividad minera hacia los ríos, quebradas, lagunas u otros sitios, donde se presente riesgos de contaminación.
Con todo esto se asegura que se protegerá el recurso agua y el ambiente.
¿Cómo se garantizará que el medio ambiente no sufra graves efectos por la actividad minera?
Toda actividad tiene impacto ambiental, en mayor o menor grado y decir que la minería no va a tener ningún tipo de impacto ambiental sería no decir la verdad. Pero la propia Ley garantiza con todos los preceptos, minimizar este impacto ambiental, para que la actividad minera se vuelva responsable humana y ambientalmente.
¿Qué medidas de remediación ambiental contempla la Ley?
Las medidas para la remediación ambiental tienen que ir dentro del Plan de Manejo Ambiental de cada concesión minera porque cada concesión es diferente. No podemos tener un modelo determinado.
Por ejemplo, la explotación de oro es subterránea, mientras que la de cobre se hace a cielo abierto; así cada una de las concesiones deberá tener su Plan aprobado por el Ministerio del Ambiente para que puedan iniciar la actividad.
¿Una vez que se aplique la Ley, qué sucederá con las actuales concesiones?
El mandato minero es claro, las concesiones que no cumplan los parámetros allí establecidos serán revertidas al Estado y con las que cumplan habrá que sentarse a negociar las condiciones económicas y ambientales para que podamos cumplir con la nueva Ley; es decir hay que hacer una renegociación antes de darles la autorización para que inicien su actividad.
¿Qué les diría a los grupos contrarios a la minería?
Me gustaría decirles que lean la Ley, que se informen lo que dice y en base a los preceptos digan la verdad al pueblo ecuatoriano que es que esta Ley trata de cuidar el ambiente, se preocupa de las comunidades, se preocupa del bienestar del Estado y se preocupa en general de una nueva actividad productiva que sería una gran fuente de generación de trabajo y de ingresos para las zonas donde se realiza la actividad minera.(Tomado de la Presidencia de la Republica)