jueves, 11 de marzo de 2010

Partidos tienen nuevas reglas para inscribirse


El pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó el Reglamento para la Inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas, en el que se establecen nuevas reglas.

En primer lugar se decidió que el CNE será el ente en el que las organizaciones políticas nacionales, regionales y de circunscripción especial del exterior deberán inscribirse.

Por su parte, las Delegaciones Provinciales registrarán a los movimientos políticos provinciales, cantonales y parroquiales en el ámbito de su jurisdicción.
Fausto Camacho, consejero del CNE, explicó que en las próximas elecciones sólo podrán participar los movimientos y partidos que hayan adquirido personería jurídica hasta seis meses antes de la fecha de sufragio.

Los partidos políticos deben cumplir requisitos como ser de carácter nacional, regirse por sus principios filosóficos, políticos e ideológicos, por sus estatutos y más normativas internas.

También deben proponer un programa de gobierno, mantener el registro de sus afiliados e identificarse con sus propios símbolos, siglas, emblemas y distintivos. Además, tienen que entregar el Acta de Fundación en la que conste la voluntad de los fundadores de constituir la organización política; declaración de principios filosóficos, políticos e ideológicos.

En el programa de gobierno deben establecer las acciones básicas a realizar en la jurisdicción, de conformidad al ámbito de acción de la organización política.
Para los partidos políticos es obligatorio entregar el registro de afiliados, compuesto por las fichas de afiliación correspondientes al 1,5% del registro electoral nacional utilizado en la última elección pluripersonal nacional, de los que al menos el 40% corresponderá a las provincias cuya población es menor a 400 mil habitantes.

Estos pueden organizarse en los niveles de gobierno: nacional, regional, provincial, cantonal, parroquial, así como en las circunscripciones especiales del exterior. Estas organizaciones se regirán por sus principios filosóficos, políticos e ideológicos y por su régimen orgánico. Para registrase deben proponer un plan de gobierno de conformidad con su ámbito de acción y mantendrán un registro de adherentes permanentes.

Los movimientos deben tener una directiva en el ámbito de su jurisdicción y tienen que presentar una copia certificada del estatuto o régimen orgánico que contenga: nombre, domicilio, emblemas, siglas y símbolos de la organización.
También deben incluir una lista de adherentes, de al menos el 1,5% del registro electoral.