miércoles, 8 de julio de 2009

Este martes, un 34,7% de los docentes se evaluaron; para los ausentes se iniciaron sumarios administrativos

La participación de los maestros fiscales en la segunda convocatoria a la evaluación docente, en la mañana de este martes 7 de julio de 2009, subió levemente respecto al día anterior; en provincias como Santa Elena el porcentaje se elevó al 69,1% y en Guayas al 44,8%. En total en la Costa fueron evaluados 304 docentes, de un total de 877, equivalentes al 34,7%.
Los números de docentes evaluados este día son los siguientes: en Guayas fueron evaluados 26 de un total de 58, equivalentes al 44,8%; en Santa Elena se evaluó a 94 de un total de 136, equivalentes al 69,1%; en Manabí se evaluó a 36, de un total de 198, equivalentes al 18,2%; en El Oro se evaluó a 45 de un total de 175, equivalentes al 25,7%; en Los Ríos los evaluados llegaron a 60 de un total de 139, equivalentes al 43,2%; en Esmeraldas fueron evaluados 29 de un total de 113, equivalentes al 25,7%; y en Santo Domingo de los Tsáchilas se evaluó a 14 de un total de 58, equivalentes al 24,1%.

Sumarios administrativos

Por disposición del ministro Raúl Vallejo y en acatamiento del artículo 38 de la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio y del Decreto Ejecutivo 1740, se iniciaron los sumarios administrativos en contra de profesores públicos de la Costa que no han concurrido a las dos convocatorias de evaluación docente, con corte al martes siete de julio.

En efecto, el mencionado Decreto Ejecutivo en su parte resolutiva dice: “Art. 1: Sustitúyase el segundo inciso del numeral 6, agregando a continuación del numeral 5 del artículo 77 del Reglamento General a la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional, por el siguiente: Los miembros del Magisterio Nacional que no asistan a la evaluación obligatoria sin causa justificada serán convocados a un segundo llamamiento en el plazo de treinta días. De no asistir a este segundo llamamiento sin causa justificada, se calificará tal inasistencia como incompetencia profesional”.

Por su parte, el artículo 38 de la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional dice: “El docente cesará en sus funciones, previo el trámite administrativo legal correspondiente, por las siguientes causas: a) Incompetencia profesional debidamente comprobada”.