La Comisión de Régimen Económico y Tributario decidió no incrementar el impuesto a los consumos especiales (ICE) a las gaseosas, tabacos y licores, en el proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Tributario Interno y a la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador.
La eliminación íntegra del capítulo del ICE es una “modificación radical respecto al texto del informe para primer debate”, aseguró el asambleísta Paco Velasco, presidente de la Comisión Especializada.
Lo que si se mantendrá es el incremento del 1% al 2% del impuesto a la salida de capitales. En este aspecto las exenciones se aplicarán cuando los ciudadanos ecuatorianos y extranjeros que abandonen el país portando en efectivo hasta una fracción básica desgravada de impuesto a la renta de personas naturales estarán exentos de este impuesto; en lo demás estarán gravados; mientras que la exención se aplicará también en las transferencias realizadas al exterior de hasta USD 500, recayendo el gravamen sobre lo que supere tal valor.
La Comisión señaló que, de efectuarse la imposición a dichos productos, se causaría perjuicio a la industria nacional y repercutiría negativamente en las plazas de trabajo de las personas que sobre todo en el tema cigarrillos se dedican a la cosecha del tabaco, así como al consumidor final de estos productos.
El informe favorable para segundo debate fue aprobado con 7 votos de los asambleístas Juan Carlos Cassinelli, Betty Amores, Paco Velasco, Ramón Cedeño, Vicente Robalino, Cristian Viteri y Vanessa Fajardo. En contra votaron María de Lourdes Alarcón, Alberto Gutiérrez, Luis Noboa y Patricio Quevedo.
La eliminación íntegra del capítulo del ICE es una “modificación radical respecto al texto del informe para primer debate”, aseguró el asambleísta Paco Velasco, presidente de la Comisión Especializada.
Lo que si se mantendrá es el incremento del 1% al 2% del impuesto a la salida de capitales. En este aspecto las exenciones se aplicarán cuando los ciudadanos ecuatorianos y extranjeros que abandonen el país portando en efectivo hasta una fracción básica desgravada de impuesto a la renta de personas naturales estarán exentos de este impuesto; en lo demás estarán gravados; mientras que la exención se aplicará también en las transferencias realizadas al exterior de hasta USD 500, recayendo el gravamen sobre lo que supere tal valor.
La Comisión señaló que, de efectuarse la imposición a dichos productos, se causaría perjuicio a la industria nacional y repercutiría negativamente en las plazas de trabajo de las personas que sobre todo en el tema cigarrillos se dedican a la cosecha del tabaco, así como al consumidor final de estos productos.
El informe favorable para segundo debate fue aprobado con 7 votos de los asambleístas Juan Carlos Cassinelli, Betty Amores, Paco Velasco, Ramón Cedeño, Vicente Robalino, Cristian Viteri y Vanessa Fajardo. En contra votaron María de Lourdes Alarcón, Alberto Gutiérrez, Luis Noboa y Patricio Quevedo.