viernes, 27 de noviembre de 2009

Delitos y sanciones para uniformados están en trámite

El trámite para lograr la unidad jurisdiccional en torno a las sanciones penales empezó ayer en el Pleno de la Asamblea con el primer debate del proyecto de reformas al Código Penal en materia militar y policial.

La propuesta, procesada en la Comisión de Justicia, logró el respaldo incluso de la oposición. El informe fue suscrito por ocho de los 11 asambleístas de la mesa: cinco de PAIS, uno del ADE y Andrés Páez (ID) y Vicente Taiano (Prian).

Algunas observaciones
Pese a ello, ciertos sectores detractores del oficialismo criticaron el texto. Luis Almeida (PSP), por ejemplo, dijo que la Norma prácticamente no es necesaria pues policías y militares deberían someterse al Código ordinario.

Además señaló que, de aplicarse esta Ley, “todos los héroes del Cenepa estarían presos –acusados de genocidio- porque colocaban minas antipersonales (durante la guerra entre Ecuador y Perú en 1995)”.

Entonces, Taiano resaltó la necesidad de que en el país exista un Código Penal único: “No hay que oponerse por oponerse”, expresó, desacreditando las afirmaciones de sus colegas respecto a que la Ley restaría facultades a la Policía y a las Fuerzas Armadas.

Tipificación de delitos
El objetivo de este cuerpo legal es tipificar los delitos en los que podrían incurrir los miembros de la fuerza pública durante el cumplimiento de sus funciones.

El juzgamiento lo realizarán las cortes militares y policiales de la Corte Nacional de Justicia.

Las sanciones se aplicarían “sin perjuicio de la baja o la desvinculación de la institución” a la que el uniformado corresponda. El tribunal respectivo deberá notificar la sentencia al Ministro del ramo.

Pero la Ley, a decir de Paco Moncayo (MM), aún está “incompleta” pues hizo notar que en el articulado no se ha incluido al personal de la Marina y de la Aviación.

Por su parte, Juan Carlos Cassinelli (PAIS) añadió que se debería incorporar las sanciones para el personal civil que labora en las dependencias militares o policiales, pues ellos no pueden ser juzgados a través de este Código.

La Ley
Delitos y sanciones tipificados

Delito / Sanción

Insubordinación
De tres meses a un año de prisión.

Sedición
De uno a tres años de prisión.

Conspiración
De uno a tres años de prisión.

Falsa alarma
De tres meses a un año de prisión .

Desacato
De uno a tres años de prisión.

Revelar información reservada
Reclusión menor ordinaria de tres a seis años.