Este jueves la Asamblea retomará el primer debate del proyecto reformas a los Códigos Penal y de Procedimiento Penal, según el cual, el monto para que el hurto y robo sean considerados como delito disminuye de 3 remuneraciones básicas unificadas, al 10%. Es decir se baja de 654 a 21.8 dólares.
Se sustituye el artículo 569 del Código Penal, respecto de la ocultación de cosas robadas por una nueva tipificación que amplía su ámbito de acción “a quien oculte o se aproveche de las cosas robadas o hurtadas” y para quienes comercialicen, custodien, guarden y transporten los objetos sustraídos.
En este caso se sanciona con reclusión de 3 a 6 años, con lo cual no se dará cabida a la solicitud de caución, a la caducidad de la prisión preventiva en 6 meses, sustitución de medida cautelar y en definitiva la posibilidad de sancionar a los grandes comerciantes de cosas robadas.
Se incluye como circunstancias agravantes el homicidio o asesinato en contra de los miembros de la fuerza pública en el desempeño de sus funciones, con la finalidad de castigar con severidad a la delincuencia que actúa contra la fuerza pública para cometer sus delitos o para evitar se aprehendidos.
Procedimiento Penal
En el articulo 167 relativo a la prisión preventiva, se añade un inciso que estipula que en los delitos de acción privada y de acción pública sancionados con una pena máxima inferior a un año podrá dictarse prisión preventiva. Con ello los llamados a audiencia de juicio en los delitos de acción privada que no comparezcan podrán ser sujetos de esta medida que actualmente no prevé el Código de Procedimiento Penal.
En el artículo 171 de la sustitución de la medida cautelar actualmente se propone, que ésta no se la otorgue a arbitrio del juez, por eso se propone al menos que la medida no se la dé en casos de delitos contra la administración pública, delitos con muerte de personas, delitos de carácter sexual o de odio, delitos en los que exista reincidencia o sancionados con pena de reclusión; y de otro lado se otorgue a personas que cometan delitos con discapacidad mayor al cincuenta por ciento certificada por el CONADIS, mujeres embarazadas, personas con enfermedades catastróficas, con ello se regulará la discrecionalidad del juez.
Inmunidad
La Asamblea tiene previsto, también, tramitar en primer debate el proyecto de Ley de Protección e Inmunidad de la Comisión de la Verdad, que tiene informe favorable de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado.
El organismo Legislativo consideró necesario acoger el proyecto propuesto por el Ejecutivo, que otorga inmunidad a las personas que son miembros de la Comisión de la Verdad, facultad que no está prohibida expresamente por la Constitución y que es recomendada por los instrumentos internacionales, como el “Conjunto de Principios actualizado para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad”, que en su principio 7, literal b) señala: sus miembros se beneficiarán de los privilegios e inmunidades necesarios para su protección, incluso cuando ha cesado su misión, especialmente con respecto a toda acción en difamación o cualquier otra acción civil o penal que se les pudiera intentar sobre la base de hechos o de apreciaciones mencionadas en los informes de las comisiones.
Angostura
Adicionalmente, tratarán en primer debate el proyecto de Ley de Protección e Inmunidad de la Comisión encargada de investigar y establecer los hechos relacionados con lo acontecido en Angostura el 1 de marzo de 2008.
La Comisión de Justicia y Estructura del Estado, luego del análisis respectivo, concluyó que por el trabajo que efectuaron los miembros de esta comisión y el personal que directa o indirectamente participó en el proceso investigativo y las implicaciones que de ello posiblemente se deriven, dichas personas podrían ser víctimas de acciones intimidatorias, incluidos procesos penales.
Por este motivo, consideró conveniente acoger el proyecto de ley y propuso limitar la inmunidad únicamente al ámbito civil y penal y no el administrativo y que la inmunidad cabe únicamente para las acciones realizadas en el ejercicio de las funciones de investigación de este caso.
Se realizó una reforma de modo que se beneficiarán aquellas personas cuyas funciones y actividades signifiquen el involucramiento en tareas de investigación y obtención de información, que resulten determinantes sobre el sentido de los informes y conclusiones.
Se sustituye el artículo 569 del Código Penal, respecto de la ocultación de cosas robadas por una nueva tipificación que amplía su ámbito de acción “a quien oculte o se aproveche de las cosas robadas o hurtadas” y para quienes comercialicen, custodien, guarden y transporten los objetos sustraídos.
En este caso se sanciona con reclusión de 3 a 6 años, con lo cual no se dará cabida a la solicitud de caución, a la caducidad de la prisión preventiva en 6 meses, sustitución de medida cautelar y en definitiva la posibilidad de sancionar a los grandes comerciantes de cosas robadas.
Se incluye como circunstancias agravantes el homicidio o asesinato en contra de los miembros de la fuerza pública en el desempeño de sus funciones, con la finalidad de castigar con severidad a la delincuencia que actúa contra la fuerza pública para cometer sus delitos o para evitar se aprehendidos.
Procedimiento Penal
En el articulo 167 relativo a la prisión preventiva, se añade un inciso que estipula que en los delitos de acción privada y de acción pública sancionados con una pena máxima inferior a un año podrá dictarse prisión preventiva. Con ello los llamados a audiencia de juicio en los delitos de acción privada que no comparezcan podrán ser sujetos de esta medida que actualmente no prevé el Código de Procedimiento Penal.
En el artículo 171 de la sustitución de la medida cautelar actualmente se propone, que ésta no se la otorgue a arbitrio del juez, por eso se propone al menos que la medida no se la dé en casos de delitos contra la administración pública, delitos con muerte de personas, delitos de carácter sexual o de odio, delitos en los que exista reincidencia o sancionados con pena de reclusión; y de otro lado se otorgue a personas que cometan delitos con discapacidad mayor al cincuenta por ciento certificada por el CONADIS, mujeres embarazadas, personas con enfermedades catastróficas, con ello se regulará la discrecionalidad del juez.
Inmunidad
La Asamblea tiene previsto, también, tramitar en primer debate el proyecto de Ley de Protección e Inmunidad de la Comisión de la Verdad, que tiene informe favorable de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado.
El organismo Legislativo consideró necesario acoger el proyecto propuesto por el Ejecutivo, que otorga inmunidad a las personas que son miembros de la Comisión de la Verdad, facultad que no está prohibida expresamente por la Constitución y que es recomendada por los instrumentos internacionales, como el “Conjunto de Principios actualizado para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad”, que en su principio 7, literal b) señala: sus miembros se beneficiarán de los privilegios e inmunidades necesarios para su protección, incluso cuando ha cesado su misión, especialmente con respecto a toda acción en difamación o cualquier otra acción civil o penal que se les pudiera intentar sobre la base de hechos o de apreciaciones mencionadas en los informes de las comisiones.
Angostura
Adicionalmente, tratarán en primer debate el proyecto de Ley de Protección e Inmunidad de la Comisión encargada de investigar y establecer los hechos relacionados con lo acontecido en Angostura el 1 de marzo de 2008.
La Comisión de Justicia y Estructura del Estado, luego del análisis respectivo, concluyó que por el trabajo que efectuaron los miembros de esta comisión y el personal que directa o indirectamente participó en el proceso investigativo y las implicaciones que de ello posiblemente se deriven, dichas personas podrían ser víctimas de acciones intimidatorias, incluidos procesos penales.
Por este motivo, consideró conveniente acoger el proyecto de ley y propuso limitar la inmunidad únicamente al ámbito civil y penal y no el administrativo y que la inmunidad cabe únicamente para las acciones realizadas en el ejercicio de las funciones de investigación de este caso.
Se realizó una reforma de modo que se beneficiarán aquellas personas cuyas funciones y actividades signifiquen el involucramiento en tareas de investigación y obtención de información, que resulten determinantes sobre el sentido de los informes y conclusiones.