La Asamblea aprobó el martes pasado la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos, la primera de las 11 leyes urgentes que establece la Constitución.
Con esta norma, la información de los registros Civil, Mercantil y de la Propiedad, a más del Servicio de Rentas Internas (SRI), la Comisión Nacional de Tránsito, entre otras instituciones, deberán interconectarse entre sí.
Aunque la Asamblea todavía espera un posible veto por parte del Ejecutivo antes de ser enviado al Registro Oficial, el nuevo cuerpo legal garantiza la accesibilidad a esa base única de datos públicos, dejando por fuera a aquellos de carácter personal como la ideología, religión, orientación sexual, etc. Además, cataloga como confidenciales a los datos que estén amparados bajo sigilo bancario o bursátil y los que pudieran afectar a la seguridad del Estado.
Sin embargo, la Ley faculta que cualquier ciudadano, siempre que justifique el uso que hará de esa información, pueda acceder a los datos patrimoniales de las personas, los cuales serán "consolidados, estandarizados y administrados" por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, organismo adscrito al Ministerio de Telecomunicaciones.
Es precisamente el acceso público a esa información la que, a decir de varios asambleístas, genera riesgos para la ciudadanía. "En un principio se pretendía que quien maneje esa base de datos sea un organismo independiente del Estado, pero a la vez era necesaria la presencia del Ejecutivo para precautelar el buen manejo de esa información", explicó Alfredo Ortiz (ADE), cuyo bloque votó a favor de esta Ley.
María Elsa de Mena, ex titular del SRI, advirtió que el riesgo de un mal uso de esa base de datos radica en el aprovechamiento que le dé el propio Gobierno. De ahí que el reglamento de la nueva institución que tendrá esa información debe incluir sanciones que vayan hasta la destitución del funcionario, en cualquier instancia de Gobierno, que haga un mal uso de los datos públicos.
Para el legislador Andrés Páez (ID), no es suficiente con distinguir datos personales de personalísimos, pues "habrá una enorme vulnerabilidad de los derechos de intimidad".
Al respecto, Betty Amores, vicepresidenta de la Comisión de Régimen Económico que llevó impulsó el Proyecto de Ley, señaló que la nueva Ley determina sanciones para los funcionarios públicos o privados, que den mal uso o un aprovechamiento personal de esa información.
La ley
La ley garantiza la accesibilidad a la base única de datos públicos, dejando afuera los datos de carácter personal.
Define como confidenciales a los datos amparados bajo sigilo bancario y aquellos que pudieran afectar a la seguridad.
Cualquier ciudadano que justifique el uso de la información podría acceder a datos patrimoniales personales.
Asambleístas y expertos temen que el Gobierno dé un mal uso a esa información, pese a que hay sanciones. (HOY)
Con esta norma, la información de los registros Civil, Mercantil y de la Propiedad, a más del Servicio de Rentas Internas (SRI), la Comisión Nacional de Tránsito, entre otras instituciones, deberán interconectarse entre sí.
Aunque la Asamblea todavía espera un posible veto por parte del Ejecutivo antes de ser enviado al Registro Oficial, el nuevo cuerpo legal garantiza la accesibilidad a esa base única de datos públicos, dejando por fuera a aquellos de carácter personal como la ideología, religión, orientación sexual, etc. Además, cataloga como confidenciales a los datos que estén amparados bajo sigilo bancario o bursátil y los que pudieran afectar a la seguridad del Estado.
Sin embargo, la Ley faculta que cualquier ciudadano, siempre que justifique el uso que hará de esa información, pueda acceder a los datos patrimoniales de las personas, los cuales serán "consolidados, estandarizados y administrados" por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, organismo adscrito al Ministerio de Telecomunicaciones.
Es precisamente el acceso público a esa información la que, a decir de varios asambleístas, genera riesgos para la ciudadanía. "En un principio se pretendía que quien maneje esa base de datos sea un organismo independiente del Estado, pero a la vez era necesaria la presencia del Ejecutivo para precautelar el buen manejo de esa información", explicó Alfredo Ortiz (ADE), cuyo bloque votó a favor de esta Ley.
María Elsa de Mena, ex titular del SRI, advirtió que el riesgo de un mal uso de esa base de datos radica en el aprovechamiento que le dé el propio Gobierno. De ahí que el reglamento de la nueva institución que tendrá esa información debe incluir sanciones que vayan hasta la destitución del funcionario, en cualquier instancia de Gobierno, que haga un mal uso de los datos públicos.
Para el legislador Andrés Páez (ID), no es suficiente con distinguir datos personales de personalísimos, pues "habrá una enorme vulnerabilidad de los derechos de intimidad".
Al respecto, Betty Amores, vicepresidenta de la Comisión de Régimen Económico que llevó impulsó el Proyecto de Ley, señaló que la nueva Ley determina sanciones para los funcionarios públicos o privados, que den mal uso o un aprovechamiento personal de esa información.
La ley
La ley garantiza la accesibilidad a la base única de datos públicos, dejando afuera los datos de carácter personal.
Define como confidenciales a los datos amparados bajo sigilo bancario y aquellos que pudieran afectar a la seguridad.
Cualquier ciudadano que justifique el uso de la información podría acceder a datos patrimoniales personales.
Asambleístas y expertos temen que el Gobierno dé un mal uso a esa información, pese a que hay sanciones. (HOY)