Las empresas que declaren sobre el 3% de sus ingresos gravables (luego de restar obligaciones con los empleados) quedarán exentas del régimen de precios de transferencia.
Esa es una de las medidas que contempla la reforma de régimen tributario en trámite en la Asamblea, que a decir del Gobierno, es un incentivo para los pequeños contribuyentes que sinceren sus cuentas.
“El régimen de precios de transferencia (PT) significa asumir los precios que rigen en el mercado internacional, en condiciones de libre competencia”, explica Carlos Carrasco, director general del Servicio de Rentas Internas.
Lo que implica que, el SRI tomará información de los PT, que los órganos de control internacional le entreguen, para verificar si los costos de los productos importados, fueron inflados o no.
De acuerdo a Carrasco, se busca controlar que los contribuyentes no inflen los precios al pasar por paraísos fiscales (que no cobran impuestos).
La exención no sólo incluye que los contribuyentes declaren sobre el 3% de sus ingresos, sino que no realicen operaciones con residentes en paraísos fiscales o regímenes preferentes y que no mantengan contratos relacionados a la exploración y explotación de recursos no renovables.
Quienes declaren impuesto a la renta menor al 3% de sus ingresos gravables sí estarán bajo el régimen de PT. En ese sentido, la norma está dirigida a aproximadamente 9 mil 968 contribuyentes que declaran cero utilidades, lo que representa el 15% del total de sociedades que ascienden a 65 mil 984.
Según Carrasco, el problema es que un número considerable de sociedades se declaran menos del 3%. Para muestra un botón, de las 65 mil sociedades, sólo 8 mil 343 declaran sobre el 2% en adelante.
Por su parte, Jorge Ayala, analista tributario, considera que la norma no es un incentivo, sino ‘un castigo’. “Parece que tener una utilidad baja es un delito, así como tener relaciones con paraísos fiscales”, expone el experto.
De acuerdo a los argumentos de Ayala, es muy difícil que una empresa tenga utilidades sobre el 3%. Además sostiene que en ninguna parte del mundo se aplica una norma de esta naturaleza, por lo que considera que se la ‘forzó’ con el objetivo de controlar el régimen de precios de transferencia.
“Creo que para mejorar el control se deben aplicar las auditorías de precios de transferencia, ese es el mejor sistema”, concluye.
Respecto al último punto, Carrasco afirma que las auditorías se realizarán a todas las que estén fuera de la norma. Por el momento se realizan a 10 empresas, entre éstas cuatro bananeras, una cartonera, una llantera y dos farmacéuticas.
28.243 sociedades declaran en cero.
8. 343 solamente declaran sobre el 2% de sus ingresos.
65.984 es el total de contribuyentes.
Esa es una de las medidas que contempla la reforma de régimen tributario en trámite en la Asamblea, que a decir del Gobierno, es un incentivo para los pequeños contribuyentes que sinceren sus cuentas.
“El régimen de precios de transferencia (PT) significa asumir los precios que rigen en el mercado internacional, en condiciones de libre competencia”, explica Carlos Carrasco, director general del Servicio de Rentas Internas.
Lo que implica que, el SRI tomará información de los PT, que los órganos de control internacional le entreguen, para verificar si los costos de los productos importados, fueron inflados o no.
De acuerdo a Carrasco, se busca controlar que los contribuyentes no inflen los precios al pasar por paraísos fiscales (que no cobran impuestos).
La exención no sólo incluye que los contribuyentes declaren sobre el 3% de sus ingresos, sino que no realicen operaciones con residentes en paraísos fiscales o regímenes preferentes y que no mantengan contratos relacionados a la exploración y explotación de recursos no renovables.
Quienes declaren impuesto a la renta menor al 3% de sus ingresos gravables sí estarán bajo el régimen de PT. En ese sentido, la norma está dirigida a aproximadamente 9 mil 968 contribuyentes que declaran cero utilidades, lo que representa el 15% del total de sociedades que ascienden a 65 mil 984.
Según Carrasco, el problema es que un número considerable de sociedades se declaran menos del 3%. Para muestra un botón, de las 65 mil sociedades, sólo 8 mil 343 declaran sobre el 2% en adelante.
Por su parte, Jorge Ayala, analista tributario, considera que la norma no es un incentivo, sino ‘un castigo’. “Parece que tener una utilidad baja es un delito, así como tener relaciones con paraísos fiscales”, expone el experto.
De acuerdo a los argumentos de Ayala, es muy difícil que una empresa tenga utilidades sobre el 3%. Además sostiene que en ninguna parte del mundo se aplica una norma de esta naturaleza, por lo que considera que se la ‘forzó’ con el objetivo de controlar el régimen de precios de transferencia.
“Creo que para mejorar el control se deben aplicar las auditorías de precios de transferencia, ese es el mejor sistema”, concluye.
Respecto al último punto, Carrasco afirma que las auditorías se realizarán a todas las que estén fuera de la norma. Por el momento se realizan a 10 empresas, entre éstas cuatro bananeras, una cartonera, una llantera y dos farmacéuticas.
28.243 sociedades declaran en cero.
8. 343 solamente declaran sobre el 2% de sus ingresos.
65.984 es el total de contribuyentes.