El derecho humano al agua, contemplado en la Constitución, se transparentará a través de la Ley de Recursos Hídricos que se trabaja en la Asamblea. El establecimiento de cantidades mínimas para el uso y aprovechamiento de cada individuo es uno de los ejes.
Es que, para garantizar la conservación y el buen uso y aprovechamiento del líquido vital, la Autoridad Única del Agua deberá especificar el volumen estándar que cada individuo emplea. Por esa cantidad se pagará una tarifa mínima, el excedente tendrá un precio superior. El costo del agua para la generación hidroeléctrica también será especial.
La Ley, propuesta por el Ejecutivo, prohíbe la privatización, la prestación privada de servicios públicos relacionados con el agua y desconoce cualquier forma de apropiación de la misma.
Para garantizar el derecho y el acceso al agua de las futuras generaciones, la Autoridad Única de ramo debe establecer reservas del líquido –de la mejor calidad- para el consumo humano y las actividades acordes con la soberanía alimentaria. Así como en la Carta Política, el proyecto jerarquiza los usos del agua.
Primero está el consumo humano; luego, el riego, abrevadero de animales y acuacultura que garanticen la soberanía alimentaria, el caudal ecológico, la producción, y por último las actividades recreacionales y culturales.
Para ejecutar estos derechos y accesos, el Estado debe garantizar que el líquido vital sea limpio, en cantidad suficiente, salubre, seguro y accesible para uso personal y doméstico en calidad y continuidad.
La posibilidad de concesionar fuentes de agua queda eliminada. Es más, se prohíbe la adquisición de tierras en donde haya fuentes naturales y zonas de recarga hídrica.
Entonces, lo que entra como alternativa son las autorizaciones para el aprovechamiento y manejo del agua. Éstas se otorgarán por un período de 10 años y sólo con estudios previos de la existencia del líquido y que el empleo que se haga de él no interfiera con otros usos.
La comisión de Soberanía Alimentaria de la Asamblea trabajará tanto sobre esta propuesta del Ejecutivo como sobre la presentada por el Movimiento Indígena. Jaime Abril titular de la mesa, comentó que el primer debate podría efectuarse dentro de unos 20 días ya que, dijo, no hay muchas diferencias entre uno y otro texto.
Con la Ley, el agua se convierte en un patrimonio natural estratégico de uso público.
Patricio Donoso, ex presidente de la Cámara de Agricultura
“La legislación debe establecer que las autorizaciones de uso del agua no se otorguen en épocas de estiaje. Además, al igual que en otros países, habría que crear una junta de regantes la cual determine una opinión sobre el uso del agua en materia agrícola”.
Es que, para garantizar la conservación y el buen uso y aprovechamiento del líquido vital, la Autoridad Única del Agua deberá especificar el volumen estándar que cada individuo emplea. Por esa cantidad se pagará una tarifa mínima, el excedente tendrá un precio superior. El costo del agua para la generación hidroeléctrica también será especial.
La Ley, propuesta por el Ejecutivo, prohíbe la privatización, la prestación privada de servicios públicos relacionados con el agua y desconoce cualquier forma de apropiación de la misma.
Para garantizar el derecho y el acceso al agua de las futuras generaciones, la Autoridad Única de ramo debe establecer reservas del líquido –de la mejor calidad- para el consumo humano y las actividades acordes con la soberanía alimentaria. Así como en la Carta Política, el proyecto jerarquiza los usos del agua.
Primero está el consumo humano; luego, el riego, abrevadero de animales y acuacultura que garanticen la soberanía alimentaria, el caudal ecológico, la producción, y por último las actividades recreacionales y culturales.
Para ejecutar estos derechos y accesos, el Estado debe garantizar que el líquido vital sea limpio, en cantidad suficiente, salubre, seguro y accesible para uso personal y doméstico en calidad y continuidad.
La posibilidad de concesionar fuentes de agua queda eliminada. Es más, se prohíbe la adquisición de tierras en donde haya fuentes naturales y zonas de recarga hídrica.
Entonces, lo que entra como alternativa son las autorizaciones para el aprovechamiento y manejo del agua. Éstas se otorgarán por un período de 10 años y sólo con estudios previos de la existencia del líquido y que el empleo que se haga de él no interfiera con otros usos.
La comisión de Soberanía Alimentaria de la Asamblea trabajará tanto sobre esta propuesta del Ejecutivo como sobre la presentada por el Movimiento Indígena. Jaime Abril titular de la mesa, comentó que el primer debate podría efectuarse dentro de unos 20 días ya que, dijo, no hay muchas diferencias entre uno y otro texto.
Con la Ley, el agua se convierte en un patrimonio natural estratégico de uso público.
Patricio Donoso, ex presidente de la Cámara de Agricultura
“La legislación debe establecer que las autorizaciones de uso del agua no se otorguen en épocas de estiaje. Además, al igual que en otros países, habría que crear una junta de regantes la cual determine una opinión sobre el uso del agua en materia agrícola”.