Muchas veces, por falta de efectivo, la gente prefiere pagar sus compras en cuotas mensuales.
Elizabeth Vinueza es una madre de familia que generalmente hace sus compras en centros comerciales. Hace dos años esta mujer decidió adquirir una tarjeta en un local comercial dedicado a la venta de artículos para el hogar. El trámite fue fácil ya que sólo tuvo que llenar una solicitud.
Al inicio Vinueza se sintió feliz, pero los problemas no tardaron en llegar. “Solo compré un artículo, lo diferí, y por más que pagaba las mensualidades, no acababa de pagar la deuda”, contó esta compradora, quien al igual que muchos ecuatorianos hoy se queja por el cobro excesivo de interés de estas tarjetas y porque es casi imposible salir del compromiso adquirido. Para evitar que esto le suceda usted debe conocer cuáles son las normas que rigen la emisión de este tipo de documentos.
Reglamento
La institución que regula este procedimiento es la Superintendencia de Compañías, en su reglamento para las tarjetas de circulación restringida establece que aquellos negocios que emitan a sus clientes tarjetas de consumo, descuento, crédito de casa comercia y otras similares para la adquisición de bienes o servicios deben cobrar como tope “la tasa de interés activa referencial efectiva del segmento de consumo fijada por el Banco Central del Ecuador (BCE)” (hasta noviembre de 2010, el interés fijado por este estamento es de 15,89% anual), más lo correspondiente a impuestos de ley.
En el reglamento se añade que de ninguna manera se debe cobrar comisiones u otros conceptos adicionales que superen la tasa fijada.
Derecho a reclamar
En el caso de que descubra ciertas irregularidades en el cobro de la tarjeta, el cliente tiene todo el derecho de realizar reclamos en la Defensoría del Consumidor.
La Ley Orgánica de Defensa del Consumidor establece que toda persona que adquiere algún bien o servicio mediante el sistema de crédito tiene derecho a que el proveedor le informe en forma previa, clara y precisa el precio al contado del bien y el monto total correspondiente a intereses, la tasa de mora y todos los recargos adicionales, así como la periodicidad de los pagos y el monto.
Los beneficios
No todas las tarjetas tienen estos problemas. José García, cliente de una cadena de ropa, comentó que su tarjeta sí le sirve pues puede acceder a cierto tipo de beneficios que generalmente no están abiertos al público, como por ejemplo descuentos.
De igual manera, si el cliente decide cancelar su tarjeta debe acercarse a las instalaciones de servicio al cliente de la entidad emisora y llenar la solicitud de cancelación.
TOME NOTA:
Para cualquier queja que tenga llame al 1800 CONSUMIDOR, o consulte su caso en línea con un asesor en la página www.mipro.gob.ec/soporte
Elizabeth Vinueza es una madre de familia que generalmente hace sus compras en centros comerciales. Hace dos años esta mujer decidió adquirir una tarjeta en un local comercial dedicado a la venta de artículos para el hogar. El trámite fue fácil ya que sólo tuvo que llenar una solicitud.
Al inicio Vinueza se sintió feliz, pero los problemas no tardaron en llegar. “Solo compré un artículo, lo diferí, y por más que pagaba las mensualidades, no acababa de pagar la deuda”, contó esta compradora, quien al igual que muchos ecuatorianos hoy se queja por el cobro excesivo de interés de estas tarjetas y porque es casi imposible salir del compromiso adquirido. Para evitar que esto le suceda usted debe conocer cuáles son las normas que rigen la emisión de este tipo de documentos.
Reglamento
La institución que regula este procedimiento es la Superintendencia de Compañías, en su reglamento para las tarjetas de circulación restringida establece que aquellos negocios que emitan a sus clientes tarjetas de consumo, descuento, crédito de casa comercia y otras similares para la adquisición de bienes o servicios deben cobrar como tope “la tasa de interés activa referencial efectiva del segmento de consumo fijada por el Banco Central del Ecuador (BCE)” (hasta noviembre de 2010, el interés fijado por este estamento es de 15,89% anual), más lo correspondiente a impuestos de ley.
En el reglamento se añade que de ninguna manera se debe cobrar comisiones u otros conceptos adicionales que superen la tasa fijada.
Derecho a reclamar
En el caso de que descubra ciertas irregularidades en el cobro de la tarjeta, el cliente tiene todo el derecho de realizar reclamos en la Defensoría del Consumidor.
La Ley Orgánica de Defensa del Consumidor establece que toda persona que adquiere algún bien o servicio mediante el sistema de crédito tiene derecho a que el proveedor le informe en forma previa, clara y precisa el precio al contado del bien y el monto total correspondiente a intereses, la tasa de mora y todos los recargos adicionales, así como la periodicidad de los pagos y el monto.
Los beneficios
No todas las tarjetas tienen estos problemas. José García, cliente de una cadena de ropa, comentó que su tarjeta sí le sirve pues puede acceder a cierto tipo de beneficios que generalmente no están abiertos al público, como por ejemplo descuentos.
De igual manera, si el cliente decide cancelar su tarjeta debe acercarse a las instalaciones de servicio al cliente de la entidad emisora y llenar la solicitud de cancelación.
TOME NOTA:
Para cualquier queja que tenga llame al 1800 CONSUMIDOR, o consulte su caso en línea con un asesor en la página www.mipro.gob.ec/soporte