El 12 de diciembre se realizará el primer referendo revocatorio en la historia del país. Será en Twintza.
De las 316 solicitudes para revocar el mandato, dos han sido calificadas hasta la fecha.
Antecedentes
El artículo 105 de la Constitución establece que “las personas en goce de los derechos políticos podrán revocar el mandato a las autoridades de elección popular”.
La solicitud de revocatoria del mandato podrá presentarse una vez cumplido el primero y antes del último año del periodo para el que fue electa la autoridad cuestionada.
El artículo 106 estipula que el pronunciamiento popular será de obligatorio e inmediato cumplimiento.
En el caso de revocatoria del mandato, la autoridad cuestionada será cesada de su cargo y reemplazada por quien corresponda.
Los habitantes del cantón Tiwintza, en la provincia de Morona Santiago, y los de la Junta Parroquial de San José, en Santa Clara, provincia de Pastaza, serán los primeros en asistir a un referéndum revocatorio el próximo 12 de diciembre para ratificar o no al alcalde y al presidente de la Junta, respectivamente.
La resolución fue adoptada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), que también ha calificado el pedido de revocatoria del mandato en las juntas parroquiales de Muisne, en Esmeraldas, pero aún no se ha definido la fecha de la consulta popular.
Según informó el presidente del CNE, Omar Simon, en el organismo se han entregado en total 316 formularios para revocatoria de mandatos, de los cuales tres van dirigidos al Presidente de la República; uno al titular de la Asamblea Nacional; tres para asambleístas provinciales; dos para prefectos; 83 para alcaldes; 216 para concejales y 49 para juntas parroquiales.
Precisó que en caso del alcalde del cantón Tiwintza, Pupujat Tsenkush, se convocará a alrededor de cuatro mil votantes a las urnas para que ratifiquen o rectifiquen en el mandato la autoridad.
Se estableció un presupuesto para la difusión, información y publicidad, que será dividido para el alcalde y para quien planteó la revocatoria, con un monto de 4.660 dólares.
En el caso de la revocatoria del mandato de Eutralia Morales, presidenta de la Junta Parroquial de San José, en Santa Clara, provincia de Pastaza, el presupuesto no ha sido fijado, pero será mínimo, debido a que la recolección de 60 firmas, que corresponde al 10 por ciento de la población sufragante, para convocar a elecciones, resultó fácil, por ser una zona pequeña.
El CNE se encuentra preparado para los llamados de consulta a los habitantes en las distintas poblaciones, para ello ya está establecida la logística, instrumentos y el nombramiento de los vocales para las juntas receptoras, dijo Simón, al precisar que para todas las consultas se establecerá un cronograma trazado en función de que se hayan aprobado las solicitudes y se haya publicado la convocatoria.
Para el vicepresidente del máximo organismo de las elecciones, Carlos Cortez, los otros pedidos no han llegado a instancias mayores, debido a que posiblemente “el entusiasmo inicial del trabajo previo que había que realizar con la recolección de firmas, la disponibilidad de tiempo, la paciencia y los recursos financieros necesarios para este fin, no fueron previstos”.
Sin embargo considera que aún queda tiempo para que dichos pedidos lleguen a ser tramitados.
En caso de darse un resultado favorable en las dos consultas populares anotadas, es decir, que haya el respaldo de la mitad más uno de los sufragantes, se aprueba la revocatoria y a dicha autoridad se la sustituirá.
Respecto al pedido de revocatoria del alcalde del cantón Simón Bolívar, en Guayas, no se cumplió con los requisitos solicitados, pero los demandantes han solicitado nuevos formularios.
De las 316 solicitudes para revocar el mandato, dos han sido calificadas hasta la fecha.
Antecedentes
El artículo 105 de la Constitución establece que “las personas en goce de los derechos políticos podrán revocar el mandato a las autoridades de elección popular”.
La solicitud de revocatoria del mandato podrá presentarse una vez cumplido el primero y antes del último año del periodo para el que fue electa la autoridad cuestionada.
El artículo 106 estipula que el pronunciamiento popular será de obligatorio e inmediato cumplimiento.
En el caso de revocatoria del mandato, la autoridad cuestionada será cesada de su cargo y reemplazada por quien corresponda.
Los habitantes del cantón Tiwintza, en la provincia de Morona Santiago, y los de la Junta Parroquial de San José, en Santa Clara, provincia de Pastaza, serán los primeros en asistir a un referéndum revocatorio el próximo 12 de diciembre para ratificar o no al alcalde y al presidente de la Junta, respectivamente.
La resolución fue adoptada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), que también ha calificado el pedido de revocatoria del mandato en las juntas parroquiales de Muisne, en Esmeraldas, pero aún no se ha definido la fecha de la consulta popular.
Según informó el presidente del CNE, Omar Simon, en el organismo se han entregado en total 316 formularios para revocatoria de mandatos, de los cuales tres van dirigidos al Presidente de la República; uno al titular de la Asamblea Nacional; tres para asambleístas provinciales; dos para prefectos; 83 para alcaldes; 216 para concejales y 49 para juntas parroquiales.
Precisó que en caso del alcalde del cantón Tiwintza, Pupujat Tsenkush, se convocará a alrededor de cuatro mil votantes a las urnas para que ratifiquen o rectifiquen en el mandato la autoridad.
Se estableció un presupuesto para la difusión, información y publicidad, que será dividido para el alcalde y para quien planteó la revocatoria, con un monto de 4.660 dólares.
En el caso de la revocatoria del mandato de Eutralia Morales, presidenta de la Junta Parroquial de San José, en Santa Clara, provincia de Pastaza, el presupuesto no ha sido fijado, pero será mínimo, debido a que la recolección de 60 firmas, que corresponde al 10 por ciento de la población sufragante, para convocar a elecciones, resultó fácil, por ser una zona pequeña.
El CNE se encuentra preparado para los llamados de consulta a los habitantes en las distintas poblaciones, para ello ya está establecida la logística, instrumentos y el nombramiento de los vocales para las juntas receptoras, dijo Simón, al precisar que para todas las consultas se establecerá un cronograma trazado en función de que se hayan aprobado las solicitudes y se haya publicado la convocatoria.
Para el vicepresidente del máximo organismo de las elecciones, Carlos Cortez, los otros pedidos no han llegado a instancias mayores, debido a que posiblemente “el entusiasmo inicial del trabajo previo que había que realizar con la recolección de firmas, la disponibilidad de tiempo, la paciencia y los recursos financieros necesarios para este fin, no fueron previstos”.
Sin embargo considera que aún queda tiempo para que dichos pedidos lleguen a ser tramitados.
En caso de darse un resultado favorable en las dos consultas populares anotadas, es decir, que haya el respaldo de la mitad más uno de los sufragantes, se aprueba la revocatoria y a dicha autoridad se la sustituirá.
Respecto al pedido de revocatoria del alcalde del cantón Simón Bolívar, en Guayas, no se cumplió con los requisitos solicitados, pero los demandantes han solicitado nuevos formularios.