El director del SRI, Carlos Marx Carrasco, explicó que aproximadamente el 55% de las deudas con la administración tributaria asciende, de manera individual, a ese monto. Sin embargo, en dólares, esos pagos solamente representan el 0,13% de la cartera vencida.
El SRI aún está calculando el monto total de la cartera vencida y el monto, en dólares, que sería dado de baja si se aprueba esa disposición transitoria.
Carrasco explicó que, con la anulación de estas obligaciones, la administración tributaria limpiaría una cartera “incobrable”. “Recuperar esas obligaciones le cuesta más al SRI que darlas de baja”, explicó.
Según Carrasco, un proceso coactivo para cobrar una deuda de USD 218 suele superar ese valor. “El beneficio para la administración es grande”.
El SRI admite que la medida conlleva un riesgo moral, porque si se llegara a aplicar, algunos contribuyentes van a esperar, en lo sucesivo, que sus deudas sean dadas de baja. “Pero esa es una medida que tenemos que aplicar”, dijo Carrasco.
El analista tributario Carlos Velasco señala que dar de baja a cartera incobrable permitirá al SRI “sincerar” sus cifras y conocer el monto de cartera vencida que podrá recuperar.
Velasco comenta que es válido dar de baja a determinado tramo de la cartera vencida cuando ya se han hecho todas las gestiones para recuperarla.
“Existen deudas y multas imposibles de cobrar porque la empresa ha cerrado, no se le puede hacer una auditoría o el contribuyente es imposible de ubicar. En esos casos dar de baja a esas deudas es una medida sana”. El experto considera, sin embargo, que en ese paquete debería estar incluida la Corporación Aduanera Ecuatoriana.
La Comisión de lo Tributario de la Asamblea tiene previsto presentar el primer informe sobre el proyecto de Ley a mediados de este mes.
El SRI aún está calculando el monto total de la cartera vencida y el monto, en dólares, que sería dado de baja si se aprueba esa disposición transitoria.
Carrasco explicó que, con la anulación de estas obligaciones, la administración tributaria limpiaría una cartera “incobrable”. “Recuperar esas obligaciones le cuesta más al SRI que darlas de baja”, explicó.
Según Carrasco, un proceso coactivo para cobrar una deuda de USD 218 suele superar ese valor. “El beneficio para la administración es grande”.
El SRI admite que la medida conlleva un riesgo moral, porque si se llegara a aplicar, algunos contribuyentes van a esperar, en lo sucesivo, que sus deudas sean dadas de baja. “Pero esa es una medida que tenemos que aplicar”, dijo Carrasco.
El analista tributario Carlos Velasco señala que dar de baja a cartera incobrable permitirá al SRI “sincerar” sus cifras y conocer el monto de cartera vencida que podrá recuperar.
Velasco comenta que es válido dar de baja a determinado tramo de la cartera vencida cuando ya se han hecho todas las gestiones para recuperarla.
“Existen deudas y multas imposibles de cobrar porque la empresa ha cerrado, no se le puede hacer una auditoría o el contribuyente es imposible de ubicar. En esos casos dar de baja a esas deudas es una medida sana”. El experto considera, sin embargo, que en ese paquete debería estar incluida la Corporación Aduanera Ecuatoriana.
La Comisión de lo Tributario de la Asamblea tiene previsto presentar el primer informe sobre el proyecto de Ley a mediados de este mes.