Con el proyecto de reformas se crea la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) y la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), que asumen los derechos y obligaciones de la Comisión Nacional del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (Cntttvs) y la Comisión de Tránsito del Guayas (CTG), respectivamente.
Debido a estos cambios los servidores públicos de ambas instituciones serán evaluados para determinar la continuidad o terminación de la relación laboral, según lo establecido en la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep).
Asimismo la ANT formará y capacitará agentes civiles para ejercer las competencias del tránsito a nivel nacional, quienes relevarán a los agentes de la Policía Nacional, que serán reasignados a otras funciones.
Ricardo Antón, director ejecutivo de la Cntttvs, opinó que esta evaluación si afectará al servidor de la institución que no demuestre que tiene la capacidad para trabajar en el área para la que ha sido contratado.
Antón agregó que el organismo está conformado por alrededor de 1.200 funcionarios a nivel nacional, pero aseguró que aquellos que desempeñen bien su labor no tienen porqué temer y aseguró que esto servirá para depurar el organismo, porque si “se dedica a otros menesteres, en buena hora para la ciudadanía ojalá sea removido de la institución”.
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) tendrán las competencias en cuanto a regular y controlar las actividades y operaciones de transporte y seguridad vial, todo tipo de transporte público y comercial, regular el uso de la vía pública y los corredores, construir terminales terrestres, centros de transferencia de mercadería, vías rápidas, centros de revisión, valor de pasajes, campañas de ecuación vial, contratos de operación, títulos habilitantes, entre otros.
En casos de accidentes, los agentes de tránsito de los GAD, que hayan asumido las competencias en esta área, deberán llamar a la ANT para que envíe a sus agentes especializados para que se hagan cargo del presunto infractor y de la recolección de evidencias y demás procesos para la investigación del siniestro.
EL vehículo de transporte público o comercial que circule con llantas lisas o daños mecánicos previsibles, será sancionado con prisión y suspensión de la licencia por seis meses, multa de tres a cinco salarios básicos, y será solidariamente responsable el dueño del auto y la operadora, cuyo permiso de funcionamiento se suspenderá por 60 días.
Los informales serán detenidos por un mínimo de siete días hasta que el conductor cancele la multa de dos remuneraciones básicas y la reducción de 10 puntos de la licencia, el dueño del vehículo tendrá responsabilidad solidaria en el pago de la multa, que en caso de reincidencia será del doble.
Finalmente los puntos de la licencia serán renovables hasta por cuatro veces, con una baja de puntos cada vez y la suspensión, cada vez más prolongada, de la misma hasta la aprobación de un curso. Después el conductor perderá el derecho a renovarla.