El proyecto de Ley de Comunicación, que se trata en la Asamblea, amplía el acceso del Estado a los medios de comunicación, a través de los mensajes oficiales.
A diferencia de la Ley de Radiodifusión y Televisión vigente, el Título IV, Sección VI del proyecto en debate, elimina la frecuencia y el tiempo de duración de cualquier cadena nacional.
Hasta hoy, con excepción del Primer Mandatario, los funcionarios públicos tienen la posibilidad de difundir sus mensajes una vez al mes, con un máximo de 10 minutos. De aprobarse la Ley, estos requisitos serán obviados.
A estos espacios tienen derecho, a más del Presidente y sus ministros, ocho altas autoridades de las funciones Legislativa, Judicial, de Control y Electoral.
¿Esta nueva regulación permitirá un bombardeo de cadenas? Los representantes de varios canales de televisión, con los que este Diario se contactó prefieren no adelantar criterios.
Sin embargo, la Fundación Ethos (México), que dirige Mauricio Rodas, concluye que la sobre emisión de las cadenas ya existe. Entre enero del 2007 y marzo del 2010, a escala estatal se han realizado 707 cadenas de radio y/o televisión. Sin dar una cifra exacta, Ethos dice que la “gran mayoría” viene del Poder Ejecutivo.
El tiempo total de estas cadenas sumó 6 164 minutos, lo que significa que en 820 días hubo un promedio de una cadena diaria de 7,52 minutos de duración.
Es decir, se ha sobrepasado el mandato de la Ley de Radio y Televisión vigente que dispone que, con excepción de las cadenas del Presidente, estas no deben superar los 10 minutos por mes.
La propuesta, al igual que la vigente, señalan que una cadena nacional debe transmitir mensajes informativos, de interés público. Y, para el caso del Presidente, aspectos excepcionales.
Sin embargo, el análisis de Ethos concluye que las cadenas actualmente “han rebasado el ámbito estrictamente informativo que deberían tener, para convertirse en instrumentos con fines políticos, proselitistas o para insultar a los ciudadanos”.
El segundo espacio que el proyecto de Ley de Medios dispone para el Estado es la difusión de programas oficiales gratuitos. Ahí también se amplía el mandato de la Ley de Radiodifusión.
El art. 72, literal c), del documento oficialista, plantea que los medios dispongan gratuitamente hasta una hora diaria, de lunes a sábado, para programas educativos oficiales y de “relevancia para la ciudadanía”. La Ley vigente solo propone tele-educación y programas de salubridad.
Este espacio, por décadas, ha sido subutilizado. Fausto Segovia, ministro de Educación en el gobierno de Sixto Durán Ballén (1992-96), comenta que no había producción televisiva educativa de calidad ni presupuesto para hacerlo. Por ello, propuso que en las reformas a la Ley de Radiodifusión se dieran estos espacios, que jamás se aprovecharon.
Con el nuevo proyecto, el abanico se amplía para el Estado sin mayores restricciones de contenido. Jaime Guamán, de la Asociación de Canales de Televisión, afirma que el Estado no tiene la capacidad para producir tantas horas de programación. Le preocupa que no se haya establecido una limitación para que estos programas no se usen políticamente.
Carlos Larreátegui, ex vocero de Jamil Mahuad, se opone a esta nueva legislación, pues considera que el Estado ya tiene medios oficiales para su difusión.
El proyecto de ley, según uno de sus mentores, Rolando Panchana, no define a los enlaces sabatinos del Presidente como cadenas nacionales ni como programas oficiales gratuitos.
Este es uno de los temas que escapan de la regulación del proyecto, pues cada sábado el Jefe de Estado habla más de dos horas.
Tampoco hay una regulación de la propaganda oficial, más allá de los criterios de igualdad en el pautaje a los medios y en el alcance de la sintonía. El art. 73 no pone límites ni a presupuestos ni a las frecuencias de los ‘spots’.