jueves, 3 de diciembre de 2009

Código territorial es la base de la reforma del Estado

El nuevo ordenamiento territorial del Ecuador dispuesto en la Constitución será puesto en práctica en el primer semestre del próximo año, cuando la Asamblea culmine el trámite del Código Territorial (Cotad). Más de tres meses le ha tomado a la mesa de Gobiernos Autónomos elaborar la propuesta para segundo debate, a la cual le faltan pocos detalles y que hasta ahora ha sido construida unánimemente por el oficialismo y la oposición.

El tema que aún debe definirse es el financiamiento de los gobiernos autónomos descentralizados. Aunque la Pro forma del 2010 les asigna mil 723 millones de dólares, todavía debe definirse el reparto.

Es que, en adelante, los municipios y las prefecturas no serán los únicos niveles de gobierno con capacidad de ejecución sino también las juntas parroquiales, por lo cual también deberán acceder a los fondos públicos.

Diana Atamaint (PK) comenta que el tema se trabajará con el Banco Central y el Ministerio de Finanzas para lograr que el Cotad incorpore dicho método pues había la intención de que esto vaya a la futura Ley de Finanzas Públicas.

División territorial
Además de impulsar a las juntas parroquiales como gobiernos con facultades ejecutivas, en respuesta a la Carta Política el Cotad da paso a la creación de circunscripciones especiales, a los distritos metropolitanos y a las regiones.

En el primer grupo están, por ejemplo, las circunscripciones indígenas en las cuales se respetará y mantendrá el idioma, las tradiciones y las costumbres ancestrales, como la aplicación de la justicia.

En el segundo grupo entran, por ahora, Quito y Guayaquil. Gina Godoy (PAIS) explica que estas ciudades se manejarán independientemente de las prefecturas y de las regiones que se constituirán.

Justamente, para instaurar las regiones, las provincias tendrán ocho años para unirse de forma voluntaria. De no hacerlo, al término de ese plazo, el Consejo Nacional de Competencias (CNC) ubicará a los territorios “sobrantes” dentro de alguna región.

Con el nuevo sistema se acabarán las “competencias a la carta” que tenían los gobiernos seccionales. Esto es que los municipios podían pedir cualquier facultad al Estado y éste tenía la obligación de concederla. Con el Cotad, en cambio, se especifican los deberes exclusivos que tendrá cada junta parroquial, cada municipio y cada prefectura. Pero, además, se establecen algunos que pueden ser concurrentes con el Gobierno central.

Pero Godoy aclara que eso no significa que se retirarán las potestades con las cuales cuentan en la actualidad municipios como el de Guayaquil (Registro Civil): “serán revisadas por el CNC y éste decidirá si deben eliminarse”.

Entre las facultades que adquieren los gobiernos autónomos está la posibilidad de construir y dar mantenimiento la infraestructura educativa y de salud, sin embargo, las políticas públicas es cada área las dictará el Gobierno central.

Inversión planificada
Los presupuestos que sean requeridos por los gobiernos autónomos descentralizados serán “participativos”. Paco Fierro (PSP) resalta ese nuevo sistema pues la ciudadanía intervendrá en la aprobación de las pro formas.

El presupuesto se elaborará sobre la base de un plan de gestión que será construido con la sociedad civil. En última instancia, ambos deberán ser aprobados por los consejos provinciales, municipales o parroquiales.

Según la Constitución, los gobiernos autónomos deben acceder al 15% de los ingresos permanentes y al 5% de los ingresos no permanentes del Estado

Incorporación de la Ley 010 que da recursos petroleros a la Amazonía
Incorporación de la Ley 047 que da recursos de la generación
hidroeléctrica a varias provincias
Método para la distribución de recursos
Definición de las circunscripciones territoriales lo cual será evacuado
por las mesas de diálogo Gobierno-Conaie