El ex contralor Alfredo Corral dice que la acción es inaplicable, porque no hay retroactividad en aplicación de leyes en el Ecuador. Espera que se descarte el pedido
Una vez que la Corte Constitucional (CC) admitió el 16 de noviembre pasado a trámite un pedido de acción de protección extraordinaria, efectuado por los abogados del destituido ex presidente Abdalá Bucaram, en los juicios por peculado por los casos Mochila escolar y Gastos reservados, la Primera Sala del organismo tiene previsto analizar el caso a inicios de enero, según informaron en el organismo.
Esa sala está conformada por Patricio Pazmiño Freire, a la vez presidente de la CC, y por los jueces Ruth Seni Pinoargote y Alfonso Luz Yunes.
La defensa de Bucaram sustenta su pedido en el artículo 94 de la nueva Constitución, que establece que dicha acción procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado, por acción u omisión, derechos constitucionales.
El ex contralor del Estado Alfredo Corral Borrero advirtió que es improcedente, pues recordó que en el caso Bucaram no hay una sentencia o fallo ejecutoriado. "Lo que se dictó fue un auto de llamamiento a juicio penal con orden de prisión preventiva que no pudo cumplirse por la ausencia del principal implicado, es decir el señor Bucaram", dijo.
Agregó que en el caso Bucaram las acciones judiciales se sustentaron en informes de los organismos de control, en los que se determinó el cometimiento de irregularidades de tipo penal "Y, la Corte Suprema inició el juicio penal que se suspendió por la ausencia del principal sindicado, el abogado Bucaram", explicó.
Si bien, a decir de Corral, la acción de protección se originó en una reforma aprobada por la Asamblea de Montecristi, que dio lugar al artículo 94 de la nueva Carta Magna, con lo que abrió un espacio para que el PRE continúe su lucha por la absolución y el retorno del destituido ex presidente, destacó otro detalle.
"En el Ecuador, las leyes no tienen carácter retroactivo", dijo.
Para lograr el regreso al país de Abdalá Bucaram, tras 13 años de su autoexilio en Panamá, su hijo Dalo insistirá para que la Asamblea apruebe su amnistía, aunque para ello ha descartado una negociación política con Alianza País, el partido del Gobierno.
Si fallan las dos estrategias, la última opción es esperar hasta 2016, año en el que prescriben los delitos penales de Bucaram.
Una vez que la Corte Constitucional (CC) admitió el 16 de noviembre pasado a trámite un pedido de acción de protección extraordinaria, efectuado por los abogados del destituido ex presidente Abdalá Bucaram, en los juicios por peculado por los casos Mochila escolar y Gastos reservados, la Primera Sala del organismo tiene previsto analizar el caso a inicios de enero, según informaron en el organismo.
Esa sala está conformada por Patricio Pazmiño Freire, a la vez presidente de la CC, y por los jueces Ruth Seni Pinoargote y Alfonso Luz Yunes.
La defensa de Bucaram sustenta su pedido en el artículo 94 de la nueva Constitución, que establece que dicha acción procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado, por acción u omisión, derechos constitucionales.
El ex contralor del Estado Alfredo Corral Borrero advirtió que es improcedente, pues recordó que en el caso Bucaram no hay una sentencia o fallo ejecutoriado. "Lo que se dictó fue un auto de llamamiento a juicio penal con orden de prisión preventiva que no pudo cumplirse por la ausencia del principal implicado, es decir el señor Bucaram", dijo.
Agregó que en el caso Bucaram las acciones judiciales se sustentaron en informes de los organismos de control, en los que se determinó el cometimiento de irregularidades de tipo penal "Y, la Corte Suprema inició el juicio penal que se suspendió por la ausencia del principal sindicado, el abogado Bucaram", explicó.
Si bien, a decir de Corral, la acción de protección se originó en una reforma aprobada por la Asamblea de Montecristi, que dio lugar al artículo 94 de la nueva Carta Magna, con lo que abrió un espacio para que el PRE continúe su lucha por la absolución y el retorno del destituido ex presidente, destacó otro detalle.
"En el Ecuador, las leyes no tienen carácter retroactivo", dijo.
Para lograr el regreso al país de Abdalá Bucaram, tras 13 años de su autoexilio en Panamá, su hijo Dalo insistirá para que la Asamblea apruebe su amnistía, aunque para ello ha descartado una negociación política con Alianza País, el partido del Gobierno.
Si fallan las dos estrategias, la última opción es esperar hasta 2016, año en el que prescriben los delitos penales de Bucaram.