lunes, 18 de mayo de 2009

Los fondos de reserva, a último debate este martes


El valor de los fondos equivalente al 8,33% de un mes de remuneración por aportación serán acreditados a las cuentas de las entidades financieras registradas por cada afiliado o al banco del IESS.

La Comisión ratificó que el afiliado podrá retirar la totalidad de sus recursos en un plazo de dos años, y no en tres como rige en la actual ley del IESS.

Mientras que el pago del fondo de cesantía lo hará en un plazo no mayor a 30 días contados a partir de la fecha de la presentación de la solicitud.

Para solicitar este pago el afiliado deberá acreditar 24 aportaciones mensuales no simultáneas. Los empleadores tendrán que pagar el valor del fondo de reserva hasta este 30 de mayo.

En el proyecto también se establece el derecho de los trabajadores de la construcción a cobrar los fondos en forma mensual, sin perjuicio del número de aportaciones que tenga en su cuenta individual.

Betty Amores (AP) desestimó las afirmaciones y defendió que en el proyecto se incluye que el cesado debe obtener el informe de verificación de despedido emitido por el inspector de trabajo y en el caso de los servidores públicos bastará el documento en el que conste la terminación unilateral de la relación laboral.