La propuesta señala que la superficie de uso del suelo (tierra productiva) en el país representa más de 11,8 millones de hectáreas. En ese total, predominan las plantaciones de caña de azúcar, banano y palma africana.
En cuanto a la tenencia de la tierra, se indica que el 39% representa menos de 50 hectáreas; un 32%, entre 50 has. y 200 has.; y un 29% de predios superan las 200 hectáreas. Esto, según un censo agropecuario que es constantemente actualizado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC).
Según sectores que se consideran afectados por una eventual expropiación de predios superiores a las 20 has., como los ganaderos representados por Paúl Olsen, los datos del anteproyecto confirmarían que "no existe concentración de tierras", como lo sugiere el Sistema de Investigación sobre la Problemática Agraria en el Ecuador (Sipae), que elaboró el documento.
Adicionalmente, César Monge, de la Cámara Nacional de Acuacultura, considera que "existen una serie de ambigüedades", como ejemplo menciona la posible expropiación de terrenos superiores a las 25 hectáreas si es que el propietario no demuestra haberles dado valor agregado o si no tiene un ingreso acorde a la superficie del predio.
"¿Quién determina aquello y cuál debe ser el ingreso neto? No se puede poner techo al éxito e incentivar la mediocridad", señaló Monge. En el sector camaronero, más del 95% de productores poseen más de 25 hectáreas, acotó.
En cambio, la Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras (Fenocin) ve con buenos ojos el anteproyecto. La organización señaló que el objetivo de la propuesta (contenida en 90 artículos) es "democratizar el uso y el acceso a la tierra".
Según la Fenocín "se entenderá por concentración de la tierra cuando en un predio, o sumados varios de ellos, la superficie supere las 500 hectáreas en una sola propiedad privada", por ello la organización difunde el anteproyecto.
El artículo 53 del anteproyecto establece la expropiación de la propiedad o conjunto de propiedades de una misma persona (natural o jurídica), que supere las 500 has. La afectación será al excedente.
Asimismo se expropiará el excedente a los extranjeros (personas naturales o compañías) que tengan propiedades con superficies superiores a las 300 hectáreas, según el documento.
Otra causal de expropiación de tierras será "cuando la propiedad por encima de las 25 hectáreas no cumple su función social o ambiental, en los términos fijados por esta Ley".
Asimismo se expropiará cuando el predio esté sujeto a gran presión demográfica, la misma que deberá ser evaluada por técnicos del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).
Predios que estén en zonas de ecosistemas frágiles como páramos, manglares, humedales, bosques, también serán expropiados.