lunes, 19 de septiembre de 2011

Médicos en contra de penalización de malas prácticas

En la agenda del Consejo de Administración de la Legislatura (CAL) de la Asamblea continúa pendiente el trámite del Anteproyecto del Código de Garantías Penales, que el Ministerio de Justicia presentó hace cuatro meses. En el artículo 126 de la propuesta, se tipifica una sanción de hasta dos años de reclusión si se produce la muerte de un paciente por mala práctica médica.

Pero desde ahora, esta disposición no es bien vista, no sólo por los bloques de la oposición, que solicitan una revisión, sino también por la Federación Médica Ecuatoriana (FME).

“¿A quién no se le ha muerto un paciente?”, “¿Qué va a pasar con los terapistas intensivos, que tienen un promedio alto de mortalidad en las terapias intensivas o con los médicos oncológicos”?, preguntó el asambleísta Leonardo Viteri (PSC), tras criticar que en la propuesta del Ejecutivo no se especifica la realización de un peritaje.

Por ello, Viteri, en coordinación con la FME y otras cinco organizaciones médicas, estructura la redacción de un Proyecto de Ley de Responsabilidad de los Prestadores de los Servicios de Salud, que especifica que los temas “dolosos” sean penales y que los “culposos” sean de orden civil. En estos casos, la justicia deberá proveer de médicos especializados con criterio pericial y no jueces sin opinión técnica.

“Esta es la clave. La responsabilidad médica o el ejercicio inadecuado de la profesión debe ser analizado por técnicos”, señaló Viteri.

En este proyecto alternativo se incluirá también la necesidad de que exista un proceso de mejoramiento de las unidades médicas con las condiciones indispensables para garantizar la actividad. El homicidio por omisión o inacción en pacientes terminales también se incluirá en esta iniciativa. Adicionalmente, se deberá aclarar la negligencia, la impericia, la imprudencia y la inobservancia de normas y procedimientos.

Mientras tanto, el presidente de la FME, Orly Oyague, advirtió que, de aprobarse el “represivo” anteproyecto de reformas al Código Integral Penal, se cometerán inobservancias de carácter jurídico, y señaló que si el Ejecutivo quiere normar esta actividad deberá regirse al mandato del artículo 54 de la Constitución, que dispone que el riesgo en el ejercicio de la profesión debe aplicarse para todos los sectores y no sólo para los médicos.

“Si en esta reforma antidelictiva se incluye a los médicos, será una irresponsabilidad”, señaló.

Marco Murillo (AL) opinó que, al ser un tema sensible, en la Ley se debe determinar el alcance de la negligencia o la mala práctica médica, y no sólo tipificar sanciones de reclusión o administrativas.

Sin embargo, el oficialista Pedro de la Cruz desestimó la posición de la FME y dijo que la Asamblea legislará para preservar la vida de las personas, y no por los intereses de los médicos, por lo que, si es necesario, habrá que tipificar sanciones penales para que actúen con responsabilidad y en el marco de los derechos humanos.

Un ejemplo
Viteri desmintió a quienes señalan que en el país no existe sanción para los médicos y dijo que, en febrero de 2011, el Juez Décimo de lo Penal de Pichincha dictó auto de llamamiento a juicio en contra de una doctora y una enfermera, por considerarlas presuntas autoras del delito (de homicidio) en contra de una paciente, en el Hospital Militar.

El jurista Julio César Trujillo sostuvo que es urgente que el país cuente con una ley que sancione la mala práctica médica, que prevea la responsabilidad del galeno, pero reconoció que la influencia y la presión de los médicos ha dificultado que la norma pueda ser aprobada.

En todo caso, consideró que en la Ley deberían incorporarse multas o clausuras de los consultorios que no cumplan con los requisitos legales, indemnizaciones en los casos graves, y extremos como la prisión para los casos de homicidios.