miércoles, 18 de marzo de 2009

Listo informe para primer debate de Ley que crea el Banco del IESS

La Comisión de lo Tributario, Fiscal y Financiero, con cinco votos a favor, aprobó ayer el informe para primer debate del proyecto de Ley que crea el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, como una institución financiera pública, con autonomía técnica, administrativa, presupuestaria y financiera, con finalidad social y de servicio público.

El objeto social del banco, de propiedad del IESS, será la prestación de servicios financieros bajo criterios de banca de inversión, para la administración de los fondos previsionales públicos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y sus inversiones privativas.

Para cumplimiento de su objeto, el banco podrá realizar operaciones de banca de inversión y aquellas privativas del IESS, de conformidad con la Ley de Seguridad Social.

Capital del banco
El capital pagado inicial del Banco será determinado en el Estatuto aprobado por el Directorio y autorizado por la Superintendencia de Bancos y Seguros en forma previa al inicio de sus operaciones. Este capital pagado podrá incrementarse, en cualquier tiempo, por resolución de su Directorio, o por requerimiento de la Superintendencia de Bancos y Seguros.

El IESS aportará de sus recursos propios de operación el capital pagado inicial, así como los incrementos de capital que se acordaren en el futuro.

Rendimientos
Los beneficios y rendimientos financieros producto de las inversiones de los recursos provisionales deberán ir en beneficio del IESS así como los excedentes que quedarán de la administración del banco.

Conformación del directorio
Estará integrado por cinco miembros. El presidente del Consejo Directivo del IESS, quien lo presidirá y tendrá voto dirimente; uno designado por el Consejo Directivo del Instituto de Seguridad Social, de entre una terna presentada por el Presidente de la República; un representante de los afiliados, uno de los jubilados y uno en representación de los empleadores, quienes serán designados por concurso público de oposición y méritos con la dirección y vigilancia del Consejo de Participación Ciudadana.