martes, 5 de abril de 2011

En vigencia las nuevas reglas y sanciones de Ley de Tránsito

Un nuevo sistema para la pérdida y recuperación de puntos en las licencias de conducir, multas y sanciones más severas para quienes cometan infracciones, accidentes de tránsito y no respeten los rangos establecidos en los límites de velocidad comenzaron a regir con las reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, publicada en el Registro Oficial 415 del pasado 29 de marzo.

Según la ley anterior, los puntos perdidos podían ser restituidos a partir de la mitad del tiempo de vigencia de la licencia (dos años y medio) y su recuperación era del 50% de los puntos.

En las reformas se establece que perdidos los primeros 30 puntos, la licencia será suspendida por 60 días y el conductor realizará de forma obligatoria un curso en las escuelas de conducción de choferes no profesionales, profesionales, institutos técnicos de educación superior, escuelas politécnicas y universidades legalmente autorizados por la Agencia Nacional de Tránsito. De aprobarse, solo se recuperarán 20 puntos.

Si el conductor vuelve a perder los 20 puntos será sancionado con 120 días de suspensión de la licencia y tendrá que efectuar otro curso de conducción, de aprobarlo solo podrá recuperar 15 puntos.

La ley agrega que a partir de la tercera oportunidad que se pierdan los 15 puntos se suspenderá la licencia por un año y se deberá tomar un nuevo curso para recuperarlos.

Mientras que en los casos de renovación de licencia esta será emitida con los puntos conservados por el conductor. En ningún caso la renovación extinguirá los puntos perdidos previamente.

Al conductor que reincida en la suspensión de la licencia con los 15 puntos, por más de cuatro ocasiones no podrá renovarla.

Para el asambleísta Enrique Herrería (del movimiento Madera de Guerrero), las sanciones sobre la pérdida de puntos fueron tomadas con la finalidad de que se conduzca con precaución y reducir los accidentes de tránsito.