LIMONCOCHA, Sucumbíos. Oxy tuvo a cargo el bloque 15. Su contrato fue anulado por el Estado el 15 de mayo del 2006.
En un último intento por frenar una decisión contra el país, el procurador del Estado, Diego García, objetó los tres informes periciales que presentaron los árbitros del Tribunal Internacional en el litigio con la petrolera estadounidense Occidental Exploration and Production Company (Oxy).
Con esas objeciones, las partes se enfrentan hoy por última vez en una audiencia que se dará en horas de la mañana.
Después de ese encuentro, el tribunal –conformado para ese caso bajo las reglas arbitrales del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativa a Inversiones (Ciadi)– queda en libertad para emitir el laudo o sentencia final en un plazo indeterminado. Si el caso resulta contra Ecuador, este no sería el primero frente a Oxy.
En julio del 2007, una sentencia de la Corte de Apelaciones del Reino Unido dispuso al país cancelar unos $ 75 millones a Oxy; ese valor correspondía al denominado IVA petrolero.
Los dictámenes de un tribunal arbitral no son apelables, pero sí susceptibles de anulación, adelantó el procurador días antes de viajar a la audiencia en Estados Unidos.
Para decidir si continuarán o no con alguna acción de anulación el Estado tendrá 120 días.
Si hay un pronunciamiento a favor de Oxy, Ecuador deberá cancelar una compensación a Oxy. El último informe pericial, elaborado por los árbitros, la fijó en $ 2.362 millones por el negocio en marcha; la cantidad no contempla daños, según la Procuraduría General.
Cuando la empresa presentó la demanda internacional (en el 2006) solicitó una indemnización de más de $ 3.200 millones con daños y perjuicios y la coadministración del bloque del cual fue expulsada y que ahora opera la estatal Petroamazonas. Luego descartó retornar al país y se limitó a pedir el reconocimiento económico.
Ecuador declaró la caducidad de Oxy después de un juicio administrativo que determinó que hubo incumplimiento de la Ley de Hidrocarburos al transferir acciones sin autorización del Ministerio de Energía (hoy de Recursos Naturales).
Según el primer pronunciamiento del Tribunal Arbitral en el 2006, Oxy celebró en octubre del 2000 dos acuerdos con la desaparecida petrolera canadiense Encana: uno Farmout y otro Operativo de AEC (ahora de la china Andes Petroleum y PetroOriental) para realizar la transacción en dos fases.
En la primera se establecía que Oxy otorgaba a AEC un interés económico del 40% en la parte de la producción del bloque 15 que le correspondía a Oxy, otra cantidad se quedaba con el Estado. Como contraparte AEC se obligó a pagar una cantidad anual por cuatro años como aportes al financiamiento de inversiones de capital en el bloque, y al 40% de los costos operativos incurridos por Oxy.
En una segunda fase Oxy entregaría a AEC un título jurídico de la transferencia de acciones, cuando esta realizara todos los pagos y al final del periodo cuatrienal y sujeto a que Oxy obtenga las aprobaciones gubernamentales necesarias.
En un último intento por frenar una decisión contra el país, el procurador del Estado, Diego García, objetó los tres informes periciales que presentaron los árbitros del Tribunal Internacional en el litigio con la petrolera estadounidense Occidental Exploration and Production Company (Oxy).
Con esas objeciones, las partes se enfrentan hoy por última vez en una audiencia que se dará en horas de la mañana.
Después de ese encuentro, el tribunal –conformado para ese caso bajo las reglas arbitrales del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativa a Inversiones (Ciadi)– queda en libertad para emitir el laudo o sentencia final en un plazo indeterminado. Si el caso resulta contra Ecuador, este no sería el primero frente a Oxy.
En julio del 2007, una sentencia de la Corte de Apelaciones del Reino Unido dispuso al país cancelar unos $ 75 millones a Oxy; ese valor correspondía al denominado IVA petrolero.
Los dictámenes de un tribunal arbitral no son apelables, pero sí susceptibles de anulación, adelantó el procurador días antes de viajar a la audiencia en Estados Unidos.
Para decidir si continuarán o no con alguna acción de anulación el Estado tendrá 120 días.
Si hay un pronunciamiento a favor de Oxy, Ecuador deberá cancelar una compensación a Oxy. El último informe pericial, elaborado por los árbitros, la fijó en $ 2.362 millones por el negocio en marcha; la cantidad no contempla daños, según la Procuraduría General.
Cuando la empresa presentó la demanda internacional (en el 2006) solicitó una indemnización de más de $ 3.200 millones con daños y perjuicios y la coadministración del bloque del cual fue expulsada y que ahora opera la estatal Petroamazonas. Luego descartó retornar al país y se limitó a pedir el reconocimiento económico.
Ecuador declaró la caducidad de Oxy después de un juicio administrativo que determinó que hubo incumplimiento de la Ley de Hidrocarburos al transferir acciones sin autorización del Ministerio de Energía (hoy de Recursos Naturales).
Según el primer pronunciamiento del Tribunal Arbitral en el 2006, Oxy celebró en octubre del 2000 dos acuerdos con la desaparecida petrolera canadiense Encana: uno Farmout y otro Operativo de AEC (ahora de la china Andes Petroleum y PetroOriental) para realizar la transacción en dos fases.
En la primera se establecía que Oxy otorgaba a AEC un interés económico del 40% en la parte de la producción del bloque 15 que le correspondía a Oxy, otra cantidad se quedaba con el Estado. Como contraparte AEC se obligó a pagar una cantidad anual por cuatro años como aportes al financiamiento de inversiones de capital en el bloque, y al 40% de los costos operativos incurridos por Oxy.
En una segunda fase Oxy entregaría a AEC un título jurídico de la transferencia de acciones, cuando esta realizara todos los pagos y al final del periodo cuatrienal y sujeto a que Oxy obtenga las aprobaciones gubernamentales necesarias.