El próximo martes se reunirá la Comisión de Comunicación de la Asamblea, una vez que el presidente de la misma, Mauro Andino, presentó a sus miembros el borrador del Informe Complementario a la Ley.
La propuesta será debatida y sometida a votación, en los próximos días, según comentó la asambleísta Betty Carrillo, quien anunció que el próximo martes iniciarán las observaciones necesarias. “Lo vamos a estudiar para hacer dichas observaciones”, acotó.
El documento establece que el Consejo de Regulación sea un organismo público con personalidad jurídica, autonomía funcional, administrativa y financiera, que se organizará de manera desconcentrada, según establece la propuesta.
El Consejo será integrado por dos miembros designados por la Función Ejecutiva; un integrante designado por los Consejos Nacionales de la Igualdad; uno designado por las facultades o escuelas de comunicación social de las instituciones de educación superior públicas y privadas; y, tres integrantes de la ciudadanía.
Según el marco, los medios audiovisuales pueden considerarse empresas privadas de carácter nacional, siempre que su cobertura llegue al 25% o más de la población nacional o tenga vigencia en seis provincias o más del Ecuador.
Prohíbe además la difusión de todo mensaje que constituya incitación directa al uso ilegítimo de la violencia, actos ilegales, trata de personas, la explotación, el abuso sexual, la apología de la guerra y del odio proveniente de religión o xenofobia. /SD Prensa Presidencial
La propuesta será debatida y sometida a votación, en los próximos días, según comentó la asambleísta Betty Carrillo, quien anunció que el próximo martes iniciarán las observaciones necesarias. “Lo vamos a estudiar para hacer dichas observaciones”, acotó.
El documento establece que el Consejo de Regulación sea un organismo público con personalidad jurídica, autonomía funcional, administrativa y financiera, que se organizará de manera desconcentrada, según establece la propuesta.
El Consejo será integrado por dos miembros designados por la Función Ejecutiva; un integrante designado por los Consejos Nacionales de la Igualdad; uno designado por las facultades o escuelas de comunicación social de las instituciones de educación superior públicas y privadas; y, tres integrantes de la ciudadanía.
Según el marco, los medios audiovisuales pueden considerarse empresas privadas de carácter nacional, siempre que su cobertura llegue al 25% o más de la población nacional o tenga vigencia en seis provincias o más del Ecuador.
Prohíbe además la difusión de todo mensaje que constituya incitación directa al uso ilegítimo de la violencia, actos ilegales, trata de personas, la explotación, el abuso sexual, la apología de la guerra y del odio proveniente de religión o xenofobia. /SD Prensa Presidencial