En tanto, la persona que no concurra a integrar las Juntas Receptoras del Voto será penado con el equivalente al 15% de una remuneración mensual básica unificada, 39,6 dólares.
Estas sanciones no son válidas para quienes no puedan votar por mandato legal, por motivo de salud, quienes sufran de una calamidad doméstica grave el día de las elecciones, o quienes se ausenten o lleguen al país el día del sufragio.