Hoy arranca la tercera etapa de la campaña Empleo Digno, que consiste en los controles en las empresas para verificar el cumplimiento de los derechos laborales. Anteriormente se realizaron procesos de difusión y capacitación sobre el tema.
Para esta fase, el Ministerio de Relaciones Laborales destinará 100 inspectores de trabajo, quienes durante esta semana inspeccionarán empresas de Quito, Guayaquil, Cuenca y Riobamba. Posteriormente, el proceso se extenderá a otras zonas del país.
Empresarios como Carlos Rivadeneira aseguran que mientras se cumplan los derechos laborales no hay nada que temer. “Esperamos que los inspectores se atengan a las disposiciones legales y no quieran hacer de este proceso un mecanismo persecutorio. Estamos abiertos a recibir al personal para el control”.
Una vez que los inspectores ingresen a las empresas procederán a revisar roles de pago, documentos de afiliación, registro de cancelación de utilidades y sobresueldos, etc. Dependiendo del tamaño de la compañía, se revisarán las instalaciones (para ver si tienen servicio de salud, comedor o tienda y otras obligaciones).
A la par, se entrevistará a los empleados, protegiendo sus identidades, para evitar posibles retaliaciones por parte de los empleadores. “Es importante decir la verdad, porque eso evitará que se produzcan injusticias como el pago de sueldos atrasados”, comentó Fernanda Méndez, quien labora en una industria metalmecánica.
Ella dice que las personas deben informarse de las normativas laborales y que una opción es acudir a las carpas informativas del Ministerio de Relaciones Laborales, que continuarán operando durante esta fase de la campaña (se instalaron a fines de enero).
Son en total 70 puntos de información móviles a escala nacional, que cuentan con personal de la Cartera de Estado y del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), quienes ayudarán a realizar verificaciones de afiliaciones.
En el caso de que una persona no haya sido afiliada a la seguridad social, el IESS impondrá multas pecuniarias y de otro tipo, según las infracciones cometidas.
Todo empleado debe tener un contrato de trabajo. Estos documentos tienen que estar registrados en la oficina del ex Senres (Salinas y Bogotá), sean de tiempo completo o de jornada parcial permanente.
En el contrato, el empleador debe detallar horario, sueldo y funciones que realizará el empleado. La revisión demora un promedio de ocho días. Hay que anexar documentos de identidad y empresariales.
También existe el contrato de servicios ocasionales, libera al empleador de pagar derechos de ley, pero impide al mismo exigir trabajo con horarios o fijar un jefe.
El artículo 34 de la Constitución establece que la seguridad social es un derecho de los trabajadores del país.
La aportación se debe realizar por el total de la remuneración del empleado. Para calcular el ingreso se debe sumar el sueldo, las bonificaciones, comisiones, etc. Se excluyen las utilidades, los viáticos, así como los sobresueldos.
El 9,35%de la afiliación paga el empleado y el 11,15% el patrono. En caso de que un empleador no afilie a su contratado tendrá que pagar una multa equivalente al 4% del total de sueldos aportables al Instituto, en el período de mora.
El Régimen controlará el pago de horas extras. Todo trabajador, sin perjuicio de su actividad, que labore más de ocho horas diarias debe recibir el 50% del valor de la hora trabajada por el mismo.
Los fines de semana, el costo de la hora es del 100%. (La misma modalidad se aplica para las horas trabajadas de lunes a viernes de 24:00 a 06:00).
Para calcular el valor de la hora se debe dividir la remuneración para 160 horas. El 50% de ese monto es lo que se debe pagar por hora.
Toda empresa debe contar con un registro del cumplimiento de las horas de labor.
Las empresas deben contar con comedores cuando tengan más de 50 trabajadores. Esto se aplica también para aquellas compañías o fábricas que se encuentran a más de
2 kilómetros de la población más cercana.
Las compañías deberán instalar escuelas para los hijos de sus trabajadores cuando sean sitios de labor permanente y se encuentren a más de 2 kilómetros de la población más cercana. Esto se aplica cuando la población escolar es de más de 20 niños.
Las firmas que tengan más de 10 trabajadores deberán contar con un almacén de artículos de primera necesidad, que ofrezca los productos a precio de costo a los empleados.
Para esta fase, el Ministerio de Relaciones Laborales destinará 100 inspectores de trabajo, quienes durante esta semana inspeccionarán empresas de Quito, Guayaquil, Cuenca y Riobamba. Posteriormente, el proceso se extenderá a otras zonas del país.
Empresarios como Carlos Rivadeneira aseguran que mientras se cumplan los derechos laborales no hay nada que temer. “Esperamos que los inspectores se atengan a las disposiciones legales y no quieran hacer de este proceso un mecanismo persecutorio. Estamos abiertos a recibir al personal para el control”.
Una vez que los inspectores ingresen a las empresas procederán a revisar roles de pago, documentos de afiliación, registro de cancelación de utilidades y sobresueldos, etc. Dependiendo del tamaño de la compañía, se revisarán las instalaciones (para ver si tienen servicio de salud, comedor o tienda y otras obligaciones).
A la par, se entrevistará a los empleados, protegiendo sus identidades, para evitar posibles retaliaciones por parte de los empleadores. “Es importante decir la verdad, porque eso evitará que se produzcan injusticias como el pago de sueldos atrasados”, comentó Fernanda Méndez, quien labora en una industria metalmecánica.
Ella dice que las personas deben informarse de las normativas laborales y que una opción es acudir a las carpas informativas del Ministerio de Relaciones Laborales, que continuarán operando durante esta fase de la campaña (se instalaron a fines de enero).
Son en total 70 puntos de información móviles a escala nacional, que cuentan con personal de la Cartera de Estado y del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), quienes ayudarán a realizar verificaciones de afiliaciones.
En el caso de que una persona no haya sido afiliada a la seguridad social, el IESS impondrá multas pecuniarias y de otro tipo, según las infracciones cometidas.
Todo empleado debe tener un contrato de trabajo. Estos documentos tienen que estar registrados en la oficina del ex Senres (Salinas y Bogotá), sean de tiempo completo o de jornada parcial permanente.
En el contrato, el empleador debe detallar horario, sueldo y funciones que realizará el empleado. La revisión demora un promedio de ocho días. Hay que anexar documentos de identidad y empresariales.
También existe el contrato de servicios ocasionales, libera al empleador de pagar derechos de ley, pero impide al mismo exigir trabajo con horarios o fijar un jefe.
El artículo 34 de la Constitución establece que la seguridad social es un derecho de los trabajadores del país.
La aportación se debe realizar por el total de la remuneración del empleado. Para calcular el ingreso se debe sumar el sueldo, las bonificaciones, comisiones, etc. Se excluyen las utilidades, los viáticos, así como los sobresueldos.
El 9,35%de la afiliación paga el empleado y el 11,15% el patrono. En caso de que un empleador no afilie a su contratado tendrá que pagar una multa equivalente al 4% del total de sueldos aportables al Instituto, en el período de mora.
El Régimen controlará el pago de horas extras. Todo trabajador, sin perjuicio de su actividad, que labore más de ocho horas diarias debe recibir el 50% del valor de la hora trabajada por el mismo.
Los fines de semana, el costo de la hora es del 100%. (La misma modalidad se aplica para las horas trabajadas de lunes a viernes de 24:00 a 06:00).
Para calcular el valor de la hora se debe dividir la remuneración para 160 horas. El 50% de ese monto es lo que se debe pagar por hora.
Toda empresa debe contar con un registro del cumplimiento de las horas de labor.
Las empresas deben contar con comedores cuando tengan más de 50 trabajadores. Esto se aplica también para aquellas compañías o fábricas que se encuentran a más de
2 kilómetros de la población más cercana.
Las compañías deberán instalar escuelas para los hijos de sus trabajadores cuando sean sitios de labor permanente y se encuentren a más de 2 kilómetros de la población más cercana. Esto se aplica cuando la población escolar es de más de 20 niños.
Las firmas que tengan más de 10 trabajadores deberán contar con un almacén de artículos de primera necesidad, que ofrezca los productos a precio de costo a los empleados.