Únicamente las operadoras debidamente autorizadas por el Consejo Nacional de Radiodifusión y Televisión (CONARTEL), pueden comercializar e instalar decodificadores
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUPERTEL) recuerda a la ciudadanía que la operación de Sistemas Audio y Video por Suscripción, en las modalidades de cable físico y televisión codificada terrestre, que no cuenten con la autorización respectiva constituye un delito penal, conforme lo establece el tercer artículo innumerado de las Disposiciones Generales de la Ley Reformatoria a la Ley de Radiodifusión y Televisión, por lo que la SUPERTEL, como organismo técnico de control, arbitrará las medidas legales correspondientes.
Únicamente las operadoras debidamente autorizadas por el Consejo Nacional de Radiodifusión y Televisión (CONARTEL), pueden comercializar e instalar decodificadores, antenas y demás dispositivos para receptar la programación. La Superintendencia de Telecomunicaciones solicita al público en general se abstenga de adquirir dichos equipos a personas o empresas no avaladas. (Fuente: Supertel)
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUPERTEL) recuerda a la ciudadanía que la operación de Sistemas Audio y Video por Suscripción, en las modalidades de cable físico y televisión codificada terrestre, que no cuenten con la autorización respectiva constituye un delito penal, conforme lo establece el tercer artículo innumerado de las Disposiciones Generales de la Ley Reformatoria a la Ley de Radiodifusión y Televisión, por lo que la SUPERTEL, como organismo técnico de control, arbitrará las medidas legales correspondientes.
Únicamente las operadoras debidamente autorizadas por el Consejo Nacional de Radiodifusión y Televisión (CONARTEL), pueden comercializar e instalar decodificadores, antenas y demás dispositivos para receptar la programación. La Superintendencia de Telecomunicaciones solicita al público en general se abstenga de adquirir dichos equipos a personas o empresas no avaladas. (Fuente: Supertel)